AAP Madrid 377/2009, 29 de Octubre de 2009

PonenteJOSE MANUEL ARIAS RODRIGUEZ
ECLIES:APM:2009:15479A
Número de Recurso652/2009
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución377/2009
Fecha de Resolución29 de Octubre de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 10ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 10

MADRID

AUTO: 00377/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE MADRID

Sección 10

4530A

C/ FERRAZ 41

Tfno.: 914933847-48-918-16 Fax: 914933916

N.I.G. 28000 1 7010494 /2009

Rollo: RECURSO DE APELACION 652 /2009

Autos: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 2312 /2008

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 1 de MADRID

De: BP OIL ESPAÑA, S.A. UNIPERSONAL

Procurador: ARGIMIRO VAZQUEZ GUILLEN

Contra: IBORGAS, S.L.

Procurador: DAVID GARCIA RIQUELME

Ponente: ILMO. SR. D. JOSE MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ

A U T O

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSE MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ

D. ÁNGEL VICENTE ILLESCAS RUS

DªMª JOSEFA RUIZ MARÍN En MADRID, a veintinueve de octubre de dos mil nueve.

La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos nº 2312/08, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelante B.P. OIL ESPAÑA, S.A., representada por el Procurador D. Argimiro Vázquez Guillén y defendida por Letrado, y de otra como demandada-apelada IBORGAS, S.L., representada por el Procurador D. David García Riquelme y defendida por Letrado, seguidos por el trámite de juicio ordinario.

VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo.Sr. D. JOSE MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Madrid, en fecha 26 de marzo de 2009, se dictó auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:"No ha lugar a la adopción de las medidas cautelares solicitadas por el Procurador Sr. VAZQUEZ GUILLEN, en nombre y representación de BP OIL ESPAÑA S.A. contra IBORGAS, S.L. Todo ello con expresa condena en costas a la solicitante de las medidas.".."

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante. Admitido el recurso de apelación en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada. Elevándose los autos ante esta Sección, para resolver el recurso.

TERCERO

Por providencia de esta Sección, de fecha 26 de octubre de 2009, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 27 de octubre de 2009.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se combate en apelación por la representación procesal de la entidad BP OIL ESPAÑA, S.A. el auto dictado el día 26-III-2009 por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Madrid, interesando su revocación y sustitución por otro que acuerde la adopción de la medida cautelar de la intervención judicial de la estación de servicio "IBORGAS, sita en Rafelbuñol y, subsidiariamente la cesación en la actuación flagrante de incumplimiento de la obligación de saneamiento en exclusiva de BP OIL y de abanderamiento de la estación de servicios. Se fundamenta dicha pretensión en la base impugnativa expuesta en el escrito de interposición del recurso de apelación, redactado conforme a lo dispuesto en el artículo 458 de la LEC, y que delimita el ámbito del enjuiciamiento de esta alzada.

El recurso ha de claudicar forzosamente en cuanto que, por una parte,...

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