SAP Alicante 211/2010, 10 de Junio de 2010

PonenteMANUEL BENIGNO FLOREZ MENENDEZ
ECLIES:APA:2010:3212
Número de Recurso258/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución211/2010
Fecha de Resolución10 de Junio de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 4ª

Audiencia Provincial de Alicante. Sección cuarta. Rollo 258/10

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN CUARTA

ALICANTE

NIG: 03014-37-2-2010-0001241

Procedimiento: Recurso de apelación Nº 000258/2010-Dimana del Juicio Verbal Nº 000358/2008

Del JUZGADO DE INSTANCIA 2 DE DENIA(ANT. MIXTO 3)

Apelante/s: Rosendo

Procurador/es: DANIEL J. DABROWSKI PERNAS

Letrado/s: JESUS FELIU DAVIU

Apelado/s: Antonia

Procurador/es : VICENTE MIRALLES MORERA

Letrado/s: ISIDRO ROYO DOÑATE

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Iltmos. Sres.:

Presidente

D.Federico Rodríguez Mira

Magistrados

D. Manuel B. Flórez Menéndez

Dª. Paloma Sancho Mayo

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En ALICANTE, a diez de junio de dos mil diez La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Alicante, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados antes citados y

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA Nº 000211/2010

En el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada D. Rosendo, representada por el Procurador Sr. DABROWSKI PERNAS, DANIEL J. y asistida por el Ldo. Sr. FELIU DAVIU, JESUS, frente a la parte apelada Dª. Antonia, representada por el Procurador Sr. MIRALLES MORERA, VICENTE y asistida por el Ldo. Sr. ROYO DOÑATE, ISIDRO, contra la sentencia dictada por el JUZGADO DE INSTANCIA 2 DE DENIA(ANT. MIXTO 3), habiendo sido Ponente el Ilmo Sr. D. Manuel B. Flórez Menéndez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el JUZGADO DE INSTANCIA 2 DE DENIA(ANT. MIXTO 3), en los autos de juicio Juicio Verbal - 000358/2008 se dictó en fecha 10-11-09 sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

"Que, debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por Dª. Antonia representada por el Procurador de los Tribunales D. Esteban Giner Moltó, contra el demandado D. Rosendo y estimo totalmente la solicitud de formación de inventario interesada por Dª. Antonia y, debo declarar y declaro que en el activo y en el pasivo de la sociedad de gananciales constituida por las partes es la que aparece reflejada en el fundamento segundo de la presente resolución."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada D. Rosendo

, habiéndose tramitado el mismo por escrito ante el Juzgado de instancia, en la forma prevista en la L.E.C. 1/2000, elevándose posteriormente los autos a este Tribunal, donde quedó formado el correspondiente rollo de apelación 000258/2010 señalándose para votación y fallo el día 9-06-10.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El recurso de apelación interpuesto por la representación del esposo frente a la sentencia que resolvió las discrepancias de las partes en relación con el inventario de su sociedad de gananciales en liquidación tiene razón en cuanto imputa a la sentencia deficiencias de motivación, ya que ésta es tan sucinta que difícilmente puede entenderse que cumpla dicha exigencia legal. Ahora bien, conforme a lo previsto en el art. 465-3 LEC tal deficiencia habrá de ser subsanada en la sentencia de apelación, cosa que se entenderá hecha mediante los razonamientos que siguen.

SEGUNDO

Lo más característico de la presente liquidación es el documento que las partes firmaron tiempo antes de contraer matrimonio, el día 1 de junio de 2001, en el que manifestaban que formaban una pareja de hecho, que la vivienda en la que ya convivían pertenecía a ambos pues aunque adquirida privativamente por el Sr. Rosendo la Sra. Antonia había abonado la mitad de las cantidades entregadas por éste y se obligaba con él a la devolución del préstamo hipotecario, que el mobiliario y enseres existentes en la vivienda pertenecían también a ambos por igual y que "en tanto en cuanto los comparecientes no contraigan matrimonio su unión, en todos los aspectos, se regirá por analogía con el de la sociedad de gananciales en lo que respecta a la...

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