SAP Murcia 499/2010, 30 de Septiembre de 2010

PonenteJUAN MARTINEZ PEREZ
ECLIES:APMU:2010:2208
Número de Recurso554/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución499/2010
Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

MURCIA

SENTENCIA: 00499/2010

Rollo Apelación Civil núm. 554/10

Ilmos. Señores

D. CARLOS MORENO MILLAN

Presidente

D. JUAN MARTINEZ PEREZ

D. JUAN ANTONIO JOVER COY

Magistrados

En la Ciudad de Murcia, a treinta de septiembre de dos mil diez.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio Ordinario que en primera instancia se han seguido en el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Murcia, con el núm. 2.807/09, entre las partes: como actora en primera instancia y apelada en esta alzada, Dña. María Rosario y Dña. Debora, en ambas instancias representadas por la Procuradora Dña. Elisa Carles Cano-Manuel, siendo defendidas en ambas instancias por la Letrada Dña. María Teresa Cobacho Illán; y como demandada en primera instancia y apelante en esta alzada, D. Fabio y la mercantil "AMARNI 2005, S.L.", en ambas instancias representados por el Procurador D. José María Jiménez-Cervantes Nicolás, siendo defendidos por el Letrado D. Francisco Moreno Rodríguez.

Ha sido Ponente de esta Sentencia, el Ilmo. Sr. Magistrado, D. JUAN MARTINEZ PEREZ, que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que el Juzgado de instancia citado, con fecha 27 de Abril de 2010, dictó en los autos principales de los que dimana el presente Rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así: "Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Elisa Carles Cano-Manuel en nombre y representación de María Rosario y Debora se condena solidariamente a los demandados "AMARNI 2005, S.L." y Fabio al pago a los demandantes de la cantidad de TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL EUROS (384.000 euros), así como a los intereses legales correspondientes desde la fecha de presentación de la demanda hasta el completo pago y al abono de las costas procesales."

SEGUNDO

Que contra la anterior sentencia y en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación por el Procurador D. José María Jiménez-Cervantes Nicolás en representación de la parte demandada, D. Fabio y la mercantil "AMARNI 2005, S.L.", siéndole admitido, presentando la Procuradora Dña. Elisa Carles Cano-Manuel, en representación de la parte actora, Dña. María Rosario y Dña. Debora, escrito de oposición al recurso formulado de contrario. Igualmente el Ministerio Fiscal se opuso al recurso formulado por la parte demandada. Siendo emplazadas las partes y remitidos los autos a esta Audiencia, formándose el presente rollo nº 554/10, designándose Magistrado Ponente por turno, personándose la parte actora ahora apelada y la parte demandada y apelante en esta alzada y señalándose Deliberación y Votación para el día 28 de Septiembre de 2010.

TERCERO

Que en la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el recurso de apelación interpuesto en nombre de la entidad "AMARNI 2005, S.L." y

D. Fabio se pretende que se revoque en parte la sentencia de instancia, dictándose en su lugar otra por la que se deje sin efecto la condena en costas a las partes apelantes. Se indica en relación con la anterior pretensión error en la apreciación de la prueba y de la aplicación de la norma jurídica y jurisprudencia; se discrepa de lo razonado en instancia, pues se indica que no concurren circunstancias que justifiquen la imposición de las costas por mala fe; se reconoce que existieron conversaciones, pero que éstas no se refirieron a la reclamación de pago; que las conversaciones fueron en relación con la necesidad de urbanizar una calle para poder entregar las viviendas; se hacen alegaciones en relación con el burofax que se dice que se les envió, pues se indica que no fue recibido ni tuvieron conocimiento del aviso, por lo que esta...

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