STSJ Galicia , 15 de Octubre de 1997
Ponente | JOSE MARIA CABANAS GANCEDO |
Número de Recurso | 535/1995 |
Procedimiento | SOCIAL |
Fecha de Resolución | 15 de Octubre de 1997 |
Emisor | Sala de lo Social |
Recurso Nº 535/95.- HPB. ILMO. SR. D. JOSE Mª CABANAS GANCEDO PRESIDENTE ILMO. SR. D. MIGUEL ÁNGEL FERNÁNDEZ OTERO ILMO. SR. D. JUAN LUIS MARTÍNEZ LÓPEZ A CORUÑA, a quince de octubre de mil novecientos NOVENTA Y SIETE.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres.
Magistrados citados al margen y; EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente:
SENTENCIA En el recurso de Suplicación nº 535/95, interpuesto por D. Juan Antonio , contra la sentencia del Juzgado de lo Social Nº 1 de Ourense, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don JOSE Mª
CABANAS GANCEDO,
Que según consta en autos nº 680/94 se presentó demanda por D. Juan Antonio , sobre Anulación Alta en el Régimen General, frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social y D. Ildefonso ; en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado sentencia con fecha veintitrés de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro por el Juzgado de referencia, que desestimó la demanda.
Que en le citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes: "Primero.- D. Ildefonso de 17 años de edad, viene prestando servicios para su padre D. Juan Antonio -el aquí actor- desde el 25 de marzo de 1994, sin que realice el mismo horario que el resto de la plantilla, ni percibiendo una remuneración fija, gozando además de numerosos permisos para gestiones propias y para sus estudios. En dicha fecha suscribió un contrato de aprendizaje./ Segundo.- En fecha 25 de marzo de 1994 y como consecuencia de la presentación del parte de alta de su hijo en la Seguridad Social con el Régimen General por el actor, la Tesorería General de la Seguridad Social inició expediente para comprobar si concurrían los requisitos necesarios, dictando resolución denegatoria en fecha 6 de julio de 1994, en base a no concurrir las notas definitorias de una relación laboral./ Tercero,- El hijo del actor convive con éste en su domicilio./ Cuarto.- Formulada reclamación previa en fecha 20 de Julio de 1994, el actor presentó demanda ante el Juzgado de lo Social -Decano- en fecha 15 de septiembre de 1994".
Que la parte dispositiva de la indicada resolución ea del tenor literal siguiente: "
FALLO
Que desestimando la demanda formulada por D. Juan Antonio contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social* la Tesorería General da la Seguridad Social y D. Ildefonso , debo absolver y absuelvo a loe demandados de la pretensión ejercitada contra ellos por el actor."
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandada D. Ildefonso , que fue impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el pase de los mismos al Ponente.
No conforme la parte actora con que, en la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
STSJ Galicia 1405/2013, 6 de Marzo de 2013
...y STS de 29 de abril de 1988, 13 de octubre de 2005, 23 de septiembre de 2005, STSJ de Burgos de 26 de septiembre de 2006, STSJ de Galicia de 15 de octubre de 1997, STSJ de Cantabria de 5 de marzo de 1996, STSJ de Valencia de 20 de mayo de 1999 En relación con las sentencias invocadas señal......
-
STSJ Galicia 1381/2013, 6 de Marzo de 2013
...y STS de 29 de abril de 1988, 13 de octubre de 2005, 23 de septiembre de 2005, STSJ de Burgos de 26 de septiembre de 2006, STSJ de Galicia de 15 de octubre de 1997, STSJ de Cantabria de 5 de marzo de 1996, STSJ de Valencia de 20 de mayo de 1999 En relación con las sentencias invocadas señal......