SAP Cádiz 333/2010, 5 de Julio de 2010

PonenteCARLOS ERCILLA LABARTA
ECLIES:APCA:2010:906
Número de Recurso334/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución333/2010
Fecha de Resolución 5 de Julio de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 5ª

2

- - S E N T E N C I A nº: 333/10

Ilmos. Sres.

Presidente

D. CARLOS ERCILLA LABARTA

Magistrados

D. ANGEL L. SANABRIA PAREJO

Dª. ROSA Mª FERNANDEZ NUÑEZ

JUZGADO: Algeciras nº 3

Juicio Divorcio nº 1236/08

Rollo Apelación Civil nº: 334

Año: 2.010

En la ciudad de Cádiz a día 05 de julio de 2010.

Vistos en trámite de apelación por la Sección Quinta de esta Ilma. Audiencia Provincial de Cádiz los autos del Recurso de Apelación Civil de referencia del margen, seguidos por Juicio de Divorcio, en el que figura como parte apelante Dª Milagrosa y D. Virgilio, quienes no comparecen en esta instancia, siendo parte el MINISTERIO FISCAL; actuando como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON CARLOS ERCILLA LABARTA.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de los de Algeciras, se dictó sentencia cuyo fallo literalmente transcrito dice: " Que estimando la demanda de separación interpuesta por el Procurador D. Miguel del Valle Macías DEBO DECLARAR Y DECLARO disuelto por divorcio el matrimonio de DOÑA Milagrosa y DON Virgilio, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración y estableciendo como medidas definitivas, las siguientes:

    1. - Quedan revocados los consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera podido otorgar al otro.

  2. - GUARDA Y CUSTODIA. Se atribuye a Doña Milagrosa la guarda y custodia del hijo menor Ángel, siendo la patria potestad compartida entre ambos progenitores, que habrán de ponerse de acuerdo para las decisiones de importancia extraordinaria que deban adoptarse, salvo que no fuere posible la consulta y sin perjuicio de lo establecido en el Código Civil para los supuestos de desacuerdo entre ambos.

  3. - VIVIENDA CONYUGAL. Se atribuye al menor y a la madre, en cuya compañía queda el uso y disfrute de la vivienda conyugal, sita en la calle DIRECCION000, bloque NUM000 - NUM001, de Algeciras (Cádiz) y del ajuar doméstico, pudiendo el Sr. Ángel retirar del domicilio conyugal, previo inventario, sus bienes y objetos personales.

  4. - REGIMEN DE VISITAS. El padre podrá visitar y tener consigo a su hijo menor:

    Los martes y jueves, desde las 17:00 a 20:00 horas.

    Fines de semana alternos desde el viernes a la salida del colegio hasta las 20:00 horas del domingo.

    Vacaciones de navidad, se establecen dos periodos: desde el día 22 de diciembre hasta el día 30 de diciembre, y desde el día 31 de diciembre hasta el día 7 de enero. A cada cónyuge le corresponde uno de estos dos periodos cada año.

    Semana Santa: se establecen dos periodos, desde el Viernes de Dolores hasta el Miércoles Santo; y desde el Miércoles Santo hasta el Domingo de Resurrección. A cada cónyuge le corresponde uno de estos dos periodos cada año.

    Vacaciones de verano: cada progenitor disfrutará de un mes completo durante las vacaciones de verano a elegir los meses de julio y agosto.

    En los periodos vacacionales corresponderá al padre elegir los años impares y a la madre los años pares.

    1. - PENSION POR ALIMENTOS. Don Virgilio habrá de abonar, en concepto de pensión de alimentos a favor de su hijo menor, la cantidad de 200 euros mensuales que será ingresada por meses anticipados, dentro de los cinco primeros días de cada mes, en la cuenta corriente o de ahorro que designe Doña Milagrosa, cantidad que será actualizable anualmente conforme a las variaciones experimentadas por el Indice de Precios al Consumo publicado por el instituto Nacional de Estadística u Organismo que lo sustituya.

      Ambos padres contribuirán al 50% en los gastos extraordinarios que pudieran surgir.

    2. - PENSION COMPENSATORIA. Se fija una pensión por desequilibrio a favor de Doña Milagrosa, en la cuantía de 200 euros mensuales, que Don Virgilio ingresará por meses anticipados, dentro de los cinco primeros días de cada mes, en la cuenta corriente o de ahorro que designe la Sra. Milagrosa, cantidad que será actualizable anualmente conforme a las variaciones experimentadas por el Indice de Precios al Consumo publicado por el Instituto Nacional de Estadística u Organismo que lo sustituya, pero limitada en el tiempo a dos años, transcurrido los cuales, dicha pensión se extinguirá de forma automática.

    3. - Cargas del matrimonio.

      Don Virgilio abonará el 100% del préstamo hipotecario que grava la vivienda familiar.

      Se atribuye a la Sra. Milagrosa el uso del vehículo Opel Zafira, matrícula .... ZFZ y al Sr. Virgilio el uso

      del vehículo SEAT Córdoba, matrícula .... TVY, pues como reconoció en su interrogatorio es e vehículo que viene disfrutando.

      Cada uno abonará los gastos correspondientes al vehículo que disfruta.

      Sin especial pronunciamiento en cuanto a las costas de este procedimiento."

  5. - Contra la antedicha sentencia por la representación de D. Virgilio se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación que fue admitido a trámite por el Juez "a quo" remitiendo las actuaciones a esta Audiencia Provincial, dándose traslado del referido escrito de apelación a la parte contraria por término legal para que pudiera formular escrito de oposición o impugnación, el cual una vez presentado fue unido a autos.

  6. - Recibidos los autos en esta Sala, se formó el correspondiente rollo, turnándose la ponencia,...

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