STSJ Castilla y León , 4 de Mayo de 1999

PonenteJOSE MENDEZ HOLGADO
Número de Recurso515/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 4 de Mayo de 1999
EmisorSala de lo Social

Rec. núm. 515/99 Ilmos. Sres.

D. José Mendez Holgado Presidente D. Lope del Barrio Gutierrez D. Juan Antonio Alvarez Anllo /.

En Valladolid, a cuatro de mayo de mil novecientos noventa y nueve.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Leon, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres.anteriormente citados ha dictado la siguiente:

SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 515 de 1.999, interpuesto por Dª. Leticia contra Sentencia del Juzgado de lo Social núm. 3 de Valladolid de fecha 15 de enero de 1.999 , (:lutos n-°° 667/98), dictada a virtud de demanda promovida por mencionada recurrente contra el INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO, sobre PRESTACION POR DESEMPLEO, ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. DON José Mendez Holgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 23 de noviembre de 1.998, se presentó en el Juzgado de lo Social de Valladolid, demanda formulada por la actora en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó sentencia desestimando referida demanda, con absolución de la parte demandada.

SEGUNDO

En referida Sentencia y como Hechos Probados constan los siguientes: "PRIMERO.- La actora Doña. Leticia , mayor de edad y cuyas demás circunstancias personales constan en el encabezamiento de su demanda, ha venido prestando sus servicios en el INSALUD, con la categoría de Técnico de la Función Pública desde 12-11-87 hasta el 30-10-97, plaza en la que fue cesada y como consecuencia de tal cese y habiendo solicitado la prestación por desempleo, le fue reconocida mediante Resolución dictada por el INEM con fecha 20-11-97 y por un periodo de .720 días y base reguladora diaria 10.256 pts/dia. SEGUNDO.- Mediante Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 2 de esta Ciudad de fecha 14-1-98, se declaró el cese de la actora como ajustado a derecho, sentencia que fue revocada por la dictada por la Sala de lo Social riel Tribunal Superior de justicia de Valladolid en fecha 21-4-98, declarando el despido improcedente, habiéndose dictado auto de aclaración de tal Sentencia con fecha 19-5-98 y notificado en tal fecha. TERCERO.- Por el INSALUD se optó por la indemnización, habiéndose dictado Providencia por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de justicia de Castilla y León (Valladolid) con fecha 18-6-98 teniendo por formulada tal opción, lo que le fue notificado al legal representante de la actora con fecha 25-6-98 (doc 68). CUARTO.- La actora con fecha 9-9-98 solicito la prestación por desempleo, lo que le fue reconocida por Resolución de fecha 28-9-98 (doc 36) por un periodo de 669 días, días consumidos 51 y base reguladora 9 .800 (9-9-98 a 17-7-2000) QUINTO.- Con fecha 6-10-98 la actora presentó nueva solicitud de la prestación por desempleo, habiéndola sido reconocida por Resolución 6-10-98, por un periodo de 648 días (9- 9-98 a 26-6- 2000), días consumidos 72, base reguladora 9.800 pts. SEXTO - La base reguladora de la prestación solicitada asciende a 9.800 pts/días. SEPTIMO.- La actora formuló reclamación previa con fecha 23-10-98 que fue desestimada por Resolucifin de fecha 13-11-98. SEXTO.- Con fecha 23- 11-98 se presenta demanda ante el juzgado Decano que fue turnada a este Juzgado".

TERCERO

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