STSJ Castilla y León , 7 de Octubre de 2000

PonenteMARIA BEGOÑA GONZALEZ GARCIA
ECLIES:TSJCL:2000:4901
Número de Recurso1073/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 7 de Octubre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso n° 1073/96 Sentencia n° 1718 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN.

En la Ciudad de Valladolid a siete de octubre de dos mil. La Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Valladolid, constituida por los Iltmos. Sres. Magistrados Don JOSÉ LUIS LÓPEZ MUÑIZ GOÑI, presidente, Don JUAN IGNACIO MORENO LUQUE CASARIEGO y Doña Mª BEGOÑA GONZÁLEZ GARCÍA, siendo Ponente en la misma la señora Mª BEGOÑA GONZÁLEZ GARCÍA, ha dictado la siguiente:

SENTENCIA En el recurso contencioso administrativo numero 1073/96 interpuesto por Don Juan Ignacio representado y defendido por el Letrado Don Fernando Cantalapiedra Álvarez contra las resoluciones de la Dirección General de Ordenación Jurídica y Entidades Colaboradoras de la Seguridad Social de 15 de febrero y 12 de marzo de 1996 por la que se desestima y se estima en parte respectivamente los recursos ordinarios interpuestos contra las resoluciones de la Dirección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Valladolid por las que se confirma el acta de liquidación de cuotas 108/94, y el acta de infracción 246/94 y se reduce la liquidación correspondiente al acta 106/94, habiendo comparecido como parte demandada la Administración General del Estado representada y defendida por el Abogado del Estado en virtud de la representación que por Ley ostenta.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte demandante se interpuso recurso contencioso administrativo ante esta Sala el día 24 de abril de 1996.

Admitido a trámite el recurso se dio al mismo la publicidad legal, se reclamó el expediente administrativo; recibido, se confirió traslado al recurrente para que formalizara la demanda, lo que efectuó en legal forma por medio de escrito de fecha 19 de julio de 1996 que en lo sustancial se da por reproducido y en el que terminaba suplicando se dicte sentencia por la que se anulen las resoluciones recurridas por no ajustadas a derecho y se deje sin efecto tanto las liquidaciones de cuotas como la sanción impuesta todo ello con expresa imposición de costas a la demandada.

SEGUNDO

Se confirió traslado de la demanda por termino legal a la parte demandada quien contestó a la demanda a medio de escrito 27 de septiembre de 1996 oponiéndose al recurso solicitando la desestimación del mismo sobre la base de los fundamentos jurídicos que aduce.

TERCERO

Se recibió el recurso a prueba, con el resultado que obra en autos, evacuándose por las partes sus respectivos escritos de conclusiones que obran unidos al recurso, señalándose día para votación y Fallo, lo que se efectuó. Se han observado las prescripciones legales en la tramitación de este recurso.

CUARTO

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial en su reunión del día 23 de mayo de 2000, acordó conceder Comisión de Servicio, sin relevación de funciones, en favor de los Magistrados Don JOSÉ LUIS LÓPEZ MUÑIZ GOÑI, Don JUAN IGNACIO MORENO LUQUE CASARIEGO, Doña Mª BEGOÑA GONZÁLEZ GARCÍA, Doña Belén Verdyguer Duo y Don Alejandro Valentín Sastre con destino en la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Burgos y Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Burgos y Salamanca respectivamente, los dos últimos, para actuar en la Sala de lo Contencioso Administrativo del mismo Tribunal con sede en Valladolid, con el fin de colaborar en la actualización de dicho órgano con plena...

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