STSJ Galicia 3293/2010, 23 de Junio de 2010

PonenteALICIA CATALA PELLON
ECLIES:TSJGAL:2010:5496
Número de Recurso1632/2010
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución3293/2010
Fecha de Resolución23 de Junio de 2010
EmisorSala de lo Social

RECURSO SUPLICACION 0001632 /2010 ESF

ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS D./Dña.

ROSA Mª RODRIGUEZ RODRIGUEZ

EMILIO FERNANDEZ DE MATA

ALICIA CATALA PELLON

A CORUÑA, VEINTITRES DE JUNIO DE DOS MIL DIEZ.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres. Magistrados citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 0001632 /2010 interpuesto por Luis Pablo contra la sentencia del JDO.

DE LO SOCIAL nº 003 de OURENSE siendo Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dña. ALICIA CATALA PELLON.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Luis Pablo en reclamación de INCAPACIDAD PERMANENTE siendo demandado INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, SERGAS, MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO FRATERNIDAD-MUPRESPA . En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 0001087 /2009 sentencia con fecha nueve de Febrero de dos mil diez por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes: "Primero.-La parte demandante Luis Pablo nacido el 18-5-55 afiliado a la Seguridad Social con el n° NUM000, encuadrado en el régimen especial de trabajadores autónomos, con una profesión habitual de agricultor. Base reguladora 523,46#. Segundo.- Interesada en su día pensión de incapacidad permanente se tramitó el oportuno expediente administrativo, siendo denegada su solicitud por resolución de fecha 3-9-09. Interpuesta reclamación previa, fue desestimada por resolución de fecha 28-10-09 que confirmó la impugnada. Tercero.- Que el demandante presenta las siguientes lesiones: ictericia familiar (síndrome de crigler-najjar), hemocromatosis, hernia discal L3-L4, lumboartrosis, HTA, rotura inveterada de bíceps en ambos brazos, obesidad, cervicoartrosis, artrosis de manos."

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que tiene al demandante por desistido en cuanto al SERGAS Y MUTUA FPATERNIDAD. Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por Luis Pablo contra INSS Y TGSS, sobre INVALIDEZ, declarando no haber lugar a la misma, absolviendo a las Entidades Gestoras demandadas de la pretensión en su contra ejercitada."

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante, no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Social Número Dos de Ourense, dictó Sentencia el 25 de enero de 2010

, en autos registrados con el número 932/2009, desestimando la demanda formulada por el actor en solicitud del reconocimiento de una incapacidad permanente en el grado de total, para su profesión habitual de agricultor, encuadrado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

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