STSJ Cataluña 3042/2010, 27 de Abril de 2010

PonenteGREGORIO RUIZ RUIZ
ECLIES:TSJCAT:2010:5021
Número de Recurso3111/2009
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIóN
Número de Resolución3042/2010
Fecha de Resolución27 de Abril de 2010
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

JSP

ILMO. SR. GREGORIO RUIZ RUIZ

ILMA. SRA. SARA MARIA POSE VIDAL

ILMO. SR. ADOLFO MATIAS COLINO REY

En Barcelona a 27 de abril de 2010

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 3042/2010

En el recurso de suplicación interpuesto por -I.N.S.S.- (Instituto Nacional de la Seguridad Social) frente a la Sentencia del Juzgado Social 19 Barcelona de fecha 15 de diciembre de 2008 dictada en el procedimiento Demandas nº 812/2008 y siendo recurrido Daniel . Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. GREGORIO RUIZ RUIZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 26 de septiembre de 2008 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Invalidez grado, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 15 de diciembre de 2008 que contenía el siguiente Fallo: " ESTIMO la demanda presentada por Don Daniel contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, en reclamación por INCAPACIDAD PERMANENTE y declaro a la parte demandante en situación de Incapacidad Permanente Total para su profesión habitual, derivada de enfermedad común, reconociendo su derecho a percibir una pensión mensual a razón del 55 por ciento de la base reguladora de 817,38 euros, y efectos 8-07-2008, condenando al Instituto Nacional de la Seguridad Social a su pago junto a las mejoras y revalorizaciones que procedan desde aquella fecha "

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

Primero

Don Daniel, nacido el día 6-10-1955, con DNI núm. NUM000, afiliado a la Seguridad Social con el nº NUM001 y en situación de alta en el régimen especial de autónomos, siendo su actividad Transportista/Comercio al por menor de frutas y verduras, inició un proceso de incapacidad temporal el 28-08-2007 y el 14-05-2008 se le extendió alta con propuesta de incapacidad permanente.

Segundo

En fecha 7-07-2008 el INSS resolvió que no procedía declarar a la parte actora en situación de incapacidad permanente, por no reunir dicho requisito, acordando extinguir la situación de incapacidad temporal en esa fecha. El ICAM apreció en su dictamen, emitido en fecha 14-05-2008 las siguientes lesiones: "Intervención quirúrgica canal lumbar estrecho con espondilolistesis L4-L5. Liberación radicular más artrodesis instrumentada". El ICAM propuso la declaración de incapacidad permanente (folio

68).

Tercero

Frente a dicha resolución la actora interpuso reclamación previa el, reclamación que fue desestimada por resolución de 22-08-2008, en cuyo hecho 8 hace constar que en la condición de empresario no se necesita la necesidad como fundamental de grandes esfuerzos y/o sobrecarga mantenida.

Cuarto

La base reguladora de la prestación es de 817,38 y sus efectos 8-07-2008.

Quinto

La parte actora padece "Intervención quirúrgica por estenosis de canal lumbar estrecho con espondilolistesis L4-L5 que condicionaba una claudicación neurógena. Liberación radicular más artrodesis instrumentada. Limitación funcional lumbar".

Sexto

El demandante figura en alta en el régimen de autónomos con trabajadores en alta hasta el 4-03-2008. Es titular de un comercio al por menor de frutas y verduras y su actividad comprende el transporte y carga del distribuidor al establecimiento (folios 20 a 23). Ha suscrito contrato de puesta a disposición con empresa de trabajo temporal para la cesión temporal de una Dependienta de frutas y verduras, para la atención al público y reposición de los productos en las estanterías (folios 24 a 26). El negocio sigue abierto al público (testifical Sr. Luis Francisco ).

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandada, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Formula el I.N.S.S. recurso de suplicación contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº. 19 de los de Barcelona en fecha 15/12/08 que, estimando la demanda presentada por D. Daniel, acuerda declarar al mismo en situación de invalidez permanente en grado...

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