SAP Alicante 451/2010, 17 de Junio de 2010

PonenteALBERTO FRANCISCO FACORRO ALONSO
ECLIES:APA:2010:1786
Número de Recurso41/2006
ProcedimientoPENAL - PROCEDIMIENTO ABREVIADO/SUMARIO
Número de Resolución451/2010
Fecha de Resolución17 de Junio de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN PRIMERA

ALICANTE

PLZ. DEL AYUNTAMIENTO, nº 4-2ª planta

Tfno: 965.93.59.39-40

Fax: 965.93.59.51

NIG: 03014-37-1-2006-0007386

Procedimiento: Rollo Sala (sumario) Nº 000041/2006- Dimana del Sumario Nº 000005/2006

Del JUZGADO DE INSTRUCCION NUMERO 9 DE ALICANTE

SENTENCIA Nº 451/2010

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Ilmos/as. Sres/as.:

Presidente:

D. ALBERTO FACORRO ALONSO

Magistrados/as:

D. JOSÉ ANTONIO DURÁ CARRILLO

D. DOMINGO SALVATIERRA OSSORIO

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En Alicante, a Diecisiete de junio de 2010.

Sección primera de la Audiencia Provincial de Alicante integrada por los Ilmos/as. Sres/as. anotados al margen, ha visto la causa instruida con el numero Sumario nº 000005/2006 por el JUZGADO DE INSTRUCCION NUMERO 9 DE ALICANTE, por delito Contra la Salud Publica, contra Conrado, con D.N.I. NUM000, vecino de ELCHE, nacido en COLOMBIA, el 11/04/71, hijo de FABIO y de FABIOLA, Catalina, con D.N.I. NUM001, vecino de ALICANTE, nacido en COLOMBIA, el 02/11/82, hijo de JOSE GUSTAVO y de MARTHA LUCIA, Lucas, con D.N.I. NUM002, vecino de ALICANTE, nacido en COLOMBIA, el 06/06/74, hijo de FIDEL y de CIELO y Jose Antonio, con D.N.I. NUM003, vecino de ALICANTE, nacido en BUGA-VALLE (COLOMBIA), el 11/10/76, hijo de OCTAVIO y de LUZ ESMINIA, representado/s por el/la Procurador/a Sr./a. PILAR FUENTES TOMAS, VICENTE JIMENEZ IZQUIERDO, JUAN CARLOS OLCINA FERNANDEZ y M. DEL MAR LOPEZ FANEGA, y defendido/s por el/la Letrado/a Sr./a. EVARISTO M. LLANOS SOLA, MIGUEL ANGEL GARIJO CASTELLO, ANA MARIA GARCIA MARTINEZ y MANUEL MAZA DE AYALA; en libertad por esta causa, siendo parte en las presentes diligencias el Ministerio Fiscal representado por D. JORGE RABASA DOLADO, actuando como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. ALBERTO FACORRO ALONSO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En sesión que tuvieron lugar los días 14 Y 15 - 6 - 2010 se celebró ante este Tribunal juicio oral y público en la causa instruida con el número 5/2006 por el JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 9 DE ALICANTE, practicándose en el mismo las pruebas propuestas por las partes que habían sido admitidas.

SEGUNDO

El Ministerio Fiscal en sus conclusiones definitivas califico los hechos como constitutivos de un delito CONTRA LA SALUD PUBLICA de los artículos 368, 369. 2 y 6 Y 372 del Código Penal, de cuyo delito consideraron autores a los procesados sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, por lo que solicitó se impusiera a dicho procesado la pena de 12 Años de Prisión y multa de 227.458 euros y costas.

TERCERO

Las defensas de Jose Antonio y Lucas solicitan la absolución de sus defendidos, la defensa de Catalina solicita la absolución y alternativamente que se aprecie la circunstancia atenuante de Dilaciones Indebidas, y la de Conrado admite los hechos referentes al domicilio del acusado, concurriendo las circunstancias atenuantes de Confesión, Dilaciones Indebidas y Toxicomanía muy cualificada solicitando la imposición de la pena de 18 meses de Prisión.

  1. HECHOS PROBADOS

Funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía con base a anteriores hechos y actuaciones establecieron un Servicio de vigilancia y control sobre los procesados Jose Antonio y Lucas, mayores de edad y sin antecedentes penales, de dicho servicio resultó que el día 27 de Enero de 2006, Conrado mayor de edad y con antecedentes penales no compatible en esta causa a efectos de reincidencia y Jose Antonio que se había desplazado a Madrid en el automóvil matricula .... YZG, conduciéndolo este último, fueron segundos hasta Alicante, en cuya última fase del viaje conducía Conrado, por funcionarios de Policía y al introducirse en el aparcamiento de la vivienda del citado Conrado, sito en la CALLE000 nº NUM004, fueron interceptados por los mismos y practicado registro del automóvil en su presencia interviniendo en el maletero y en el hueco de la rueda de repuesto tres paquetes de los que dos contenían 1995 gramos y 900 miligramos de Cocaína con una pureza del 35% y el otro 1012 gramos y 600 miligramos de la misma sustancia con una pureza del 80,8 % y al día siguiente practicada diligencia de entrada y registro en el domicilio sito en el piso NUM005 y en un falso techo se ocuparon 243 gramos y 100 miligramos de cocaína con una pureza del 43,4% una papelina de 1 gramos y 450 miligramos y otro de 4 gramos y 100 miligramos con una pureza del 32,5%, dos bolsas con restos de cocaína, y una balanza de precisión.

Asimismo y en la gasolinera del Rebolledo fue interceptado el vehículo matricula U. .... VD que

conducía, procedente de Madrid asimismo, Lucas, y en el registro del vehículo se encontraron ocultos tras el altavoz sito en la parte delantera cuatro paquetes, que contenían dos de ellos 1989 gramos, 700 miligramos de cocaína con una pureza del 78,8% otra 992 gramos y 600 miligramos de la misma sustancia con una pureza del 80,7% y el cuarto 1006 gms y 300 miligramos de cocaína con una pureza del...

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