AAP Barcelona 40/2010, 11 de Febrero de 2010

PonenteENRIQUE ALAVEDRA FARRANDO
ECLIES:APB:2010:780A
Número de Recurso729/2009
ProcedimientoINCIDENTE
Número de Resolución40/2010
Fecha de Resolución11 de Febrero de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 17ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

Sección DIECISIETE

Rollo Nº 729/2009

Incidente COMPETENCIA OBJETIVA en J. Ordinario núm. 698/2007

Juzgado de Primera Instancia nº 50 de Barcelona

A U T O Núm.40/10

Iltmos. Sres.

D. JOSE ANTONIO BALLESTER LLOPIS

Dª. MARIA SANAHUJA BUENAVENTURA

D. ENRIC ALAVEDRA FARRANDO

En la ciudad de Barcelona, a once de febrero de dos mil diez.

VISTOS, ante la Sección Diecisiete de esta Audiencia Provincial, el presente incidente de competencia objetiva en J. Ordinario núm. 698/2007 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 50 de BARCELONA, a instancias de don Federico, don Ignacio, don Mateo, don Prudencio, doña Brigida y don Teodosio, contra ITALSPAIN FLIGHT S.L.; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra el Auto dictado en los mismos el día 7 de mayo de 2009, por el Magistrado Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se dictó Auto por el meritado Juzgado de la instancia cuya parte dispositiva es del tenor siguiente: "Declaro la falta de competencia objetiva civil para conocer de la demanda formulada por la representación de don Federico, don Ignacio, don Mateo, don Prudencio, doña Brigida y don Teodosio, contra ITALSPAIN FLIGHT SL, por considerar competente al Juzgado de Instrucción penal correspondiente.".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución interpuso recurso de apelación la parte demandante, mediante su respectivo escrito motivado, dándose traslado al Ministerio Fiscal, no estando aún emplazada la contraparte; y, elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se senaló para votación y fallo el día 12 de febrero de 2010.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales. VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. ENRIC ALAVEDRA FARRANDO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La cuestión planteada es la falta de competencia objetiva civil que estima el Juzgado de 1ª Instancia nº 50 de Barcelona en los presentes autos de juicio ordinario deducido por don Federico, don Ignacio, don Mateo, don Prudencio, doña Brigida y don Teodosio, contra ITALSPAIN FLIGHT SL.

El Magistrado Juez de la instancia aprecia de oficio su falta de competencia objetiva civil por considerar competente la jurisdicción penal, ello, tras oír a la actora que defiende la competencia civil, y al Ministerio Fiscal que en atención al artículo 86 ter ) de la LOPJ considera competentes, a los Juzgados de lo Mercantil.

SEGUNDO

En el presente caso, de la demanda deducida no cabe duda que la única cuestión que podría plantearse en materia de competencia es la señalada por el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR