STSJ Castilla y León , 21 de Marzo de 2000

PonenteMANUEL MARIA BENITO LOPEZ
ECLIES:TSJCL:2000:1383
Número de Recurso513/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución21 de Marzo de 2000
EmisorSala de lo Social

Rec. Núm. 513/00 Ilmos. Sres.

D. José Méndez Holgado Presidente D. Juan A. Alvarez Anllo D. Manuel María Benito López En Valladolid a veintiuno de Marzo de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. Anteriormente citados ha dictado la siguiente:

SENTENCIA En el Recurso de Suplicación número 513 de 2000, interpuesto por Aurelio contra Sentencia del Juzgado de lo Social número Dos de León de fecha 17 de enero de 2000, (autos nº 809/99), seguidos a virtud de demanda promovida por mencionado recurrente contra RECTIFICADOS HERMANOS ALLER S.L., sobre DESPIDO, ha actuado como Ponente el Ilmo. SR. D. Manuel María Benito López.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 10 de Diciembre de 1.999, se presentó en el Juzgado de lo Social número Dos León, demanda formulada por el actor en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó sentencia desestimando la demanda.

SEGUNDO

En referida Sentencia y como Hechos Probados constan los siguientes" Primero.- El actor viene prestando sus servicios para la empresa demandada desde el 18-4-69, con la categoría profesional de Oficial de 3ª, salario medio mensual total de 177.020 Ptas no ostentando representación de los trabajadores. Segundo en fecha 10-11-99 recibió carta de la empresa por la que se le despedía con efecto de ese día en base a lo previsto en el art. 52. c) del E.T . y en los términos que constan a los folios 4 y 5 que se dan por reproducidos. Tercero.- La empresa demandada tenía 3 trabajadores por cuenta ajena, habiendo sido cesado aparte del actor otro más, y por los mismos motivos que éste, quedando en la actualidad prestando sus servicios un solo trabajador por cuenta ajena, más otros familiares del empresario como trabajadores por cuenta propia. Cuarto.- A consecuencia de la menor demanda en la rectificación de motores la empresa demandada vive una situación de crisis económica que se traduce en las pérdidas obtenidas en los últimos ejercicios:

Ejercicio Pérdidas obtenidas 1.995 1.996 1.9972.806.015 Ptas. 1.998 1.999 1.10003.135.579 Ptas.

1.1001 1.1002 1.10037.462.660 Ptas. 1.1004 1.1005 1.10066.136.995 Ptas. 1.1007

4.476.158 Ptas.

(*) Del 1.1.99 al 30.09.99. Quinto.- En la empresa demanda los costes de personal por los trabajadores por cuenta...

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