STSJ Murcia 92/2010, 5 de Febrero de 2010
Ponente | JULIAN PEREZ-TEMPLADO JORDAN |
ECLI | ES:TSJMU:2010:189 |
Número de Recurso | 2537/2003 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 92/2010 |
Fecha de Resolución | 5 de Febrero de 2010 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MURCIA SALA CON/AD
MURCIA
SENTENCIA: 00092/2010
RECURSO nº 2537/2003
SENTENCIA nº 92/2010
LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN PRIMERA
Compuesta por los
Iltmos. Sres.:
D. MARIANO ESPINOSA DE RUEDA JOVER
Presidente
Dª MARIA CONSUELO URIS LLORET
D. JULIAN PEREZ TEMPLADO JORDAN
Magistrados
ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY la siguiente
S E N T E N C I A nº 92/2010
En Murcia a cinco de febrero de dos mil diez. Recurso contencioso-administrativo nº 2537/2003, tramitado por las normas del procedimiento ordinario, en cuantía indeterminada y referido a: Expropiación Forzosa.
Parte demandante: DOÑA Emma, representada por la Procuradora Doña Gemma Pérez Haya y dirigida por el Letrado Don Juan Antonio Sánchez Martínez.
Parte demandada: JURADO DE EXPROPIACION FORZOSA, representado y dirigido por el Abogado del Estado.
Parte codemandada: AUTOPISTAS DEL SURESTE, C.E.A., S.A., representada por el Procurador Don Joaquín Martínez-Abarca Muñoz y dirigida por el Letrado Don Alfredo Quiles Peiró.
Acto administrativo impugnado: Resolución del Jurado de Expropiación Forzosa de 2 de junio de 2003, que desestima recurso de reposición en el expediente de expropiación NUM000, sobre el justiprecio de la finca de su propiedad afecta a la construcción de la Autovía de Cartagena-Alicante.
Pretensión deducida en la demanda: Sentencia por la que, estimando en su integridad esta demanda, se anule el acto administrativo impugnado, se fije como justiprecio de los terrenos expropiados (incluyendo la indemnización de daños y perjuicios irrogados a la demandante) el de 160.223,81 #, más intereses legales y costas, condenando a la expropiante a abonar dicha cantidad a la demandante.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. Don JULIAN PEREZ TEMPLADO JORDAN, quien expresa el parecer de la Sala.
El recurso contencioso administrativo se interpuso el día 4 de septiembre de 2003, y admitido a trámite, y previa reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.
Una vez presentada la demanda, la Administración contestó oponiéndose, continuando su trámite y dictándose Sentencia 110/2007 .
Se declaró la nulidad de actuaciones mediante auto de fecha 23 de enero de 2009 por no haber sido citada la concesionaria AUSUR, parte interesada en el pleito y acordándose la retroacción de las actuaciones al momento de la contestación a la demanda por la Abogacía del Estado, procediéndose a continuación a dar traslado a la codemandada AUSUR para que instase lo que a su derecho conviniera y continuando así la tramitación del pleito.
Se recibió a prueba y se practicaron las propuestas y admitidas con el resultado que consta en las actuaciones. Se señaló nuevamente para que tuviera lugar la votación y fallo el día 29 de enero de 2010, quedando los autos conclusos y pendientes de...
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