STSJ Comunidad de Madrid 47/2010, 8 de Febrero de 2010

PonenteMIGUEL MOREIRAS CABALLERO
ECLIES:TSJM:2010:2718
Número de Recurso4302/2009
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución47/2010
Fecha de Resolución 8 de Febrero de 2010
EmisorSala de lo Social

RSU 0004302/2009

T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.3

MADRID

SENTENCIA: 00047/2010

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 003(C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)

N.I.G: 28079 34 4 2009 0035587, MODELO: 46050

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0004302 /2009

Materia: MATERIAS DE SEGURIDAD SOCIAL

Recurrente/s: TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL TGSS, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD

SOCIAL INSS

Recurrido/s: Fulgencio

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 31 de MADRID de DEMANDA 0000269 /2009

Sentencia número: 47/10-MH

Ilmos/as. Sres/as. D/Dª.

JOSE RAMON FERNANDEZ OTERO

MIGUEL MOREIRAS CABALLERO

EMILIA RUIZ JARABO QUEMADA

En MADRID a ocho de Febrero de dos mil diez, habiendo visto las presentes actuaciones la Sección 003 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior

de Justicia, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 4302 /2009, formalizado por el LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ASESORÍA JURÍDICA), en nombre y representación de INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL INSS, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL TGSS, contra la sentencia de fecha 6-4-09, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL nº31 de MADRID en sus autos número 269 /2009, seguidos a instancia de D. Fulgencio frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL INSS, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL TGSS, en reclamación por jubilación anticipada, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. MIGUEL MOREIRAS CABALLERO, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

PRIMERO

D. Fulgencio, nacido el día 10.10.1949 figura afiliado a la Seguridad Social con el nº NUM000 .

SEGUNDO

Solicitada la pensión de jubilación anticipada el INSS dictó resolución de 10 de octubre de 2008 denegándola por las siguientes causas "no poder acceder a la jubilación anticipada con menos de 65 años, al no haber tenido la condición de mutualista en cualquier mutualidad laboral de trabajadores por cuenta ajena con anterioridad a 1 de enero de 1967, de acuerdo con lo establecido en la norma segunda del apartado 1° de la D.T 3ª de la LGSS, aprobada por RD Legislativo 1/1994, de 20 de junio y no serle de aplicación la modalidad anticipada establecida en el art.18, puntos 1 y 3 y D.F. 1ª , punto 3, del R.D. 2621/1986 de 24 de diciembre (BOE 30.12.86 ) al no ejercer en el momento de la solicitud de la pensión ninguna de las profesiones taurinas listadas en el art.3 del R.D.1024/1981 de 22 de mayo regulador del extinguido régimen especial de Toreros, categorías a las que hay que entender referidos los párrafos b) y c) del art.18 antes citado"

TERCERO

Presentada reclamación previa contra esta resolución la misma fue confirmada.

CUARTO

El actor figura inscrito como matador de toros con fecha 10.8.1975 y como Aspirante a Matador de novillos con fecha 23.9.67.

QUINTO

El actor ha intervenido en 72 actuaciones en Novilladas sin picadores, 5 actuaciones en la parte seria del espectáculo cómico taurino, 9 actuaciones como Sobresaliente en Novilladas sin picadores, 10 actuaciones como director de lidia en becerradas, 46 actuaciones en Novilladas con picadores y 31 actuaciones en corridas de toros.

SEXTO

E1 actor en el periodo de tiempo que media entre el 31.5.1983 al 4.8.07 en que interviene como Director de lidia en un encierro y es dado de alta en Seguridad Social incluido en el colectivo de Profesionales Taurinos, ha permanecido sin desempeñar actividad taurina alguna.

SEPTIMO

La Base reguladora es de 780,19 euros.

TERCERO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva:

Que estimando la demanda formulada por Fulgencio contra INSS y TGSS DEBO DECLARAR Y DECLARO el derecho del actor a percibir la pensión de jubilación anticipada con fecha de efectos 28 de agosto de 2007 y en porcentaje del 88% de su base reguladora de 780,19 #.

CUARTO

Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por el LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ASESORÍA JURÍDICA), en nombre y representación de INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL INSS, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL TGSS, siendo impugnado por el Letrado d. Juan Peña Lucas en nombre y representación de D. Fulgencio .

QUINTO

Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, en unión de la pieza separada de recurso de suplicación, a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en...

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