SAP Barcelona 184/2010, 24 de Febrero de 2010
Ponente | EDUARDO NAVARRO BLASCO |
ECLI | ES:APB:2010:1967 |
Número de Recurso | 198/2009 |
Procedimiento | APELACIóN PENAL |
Número de Resolución | 184/2010 |
Fecha de Resolución | 24 de Febrero de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 6ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION SEXTA
BARCELONA
ROLLO APELACION Nº 198/2009
PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 131/2004
JUZGADO PENAL Nº 16 DE BARCELONA
S E N T E N C I A Nº
Ilmos. Sres. Magistrados :
D. MIGUEL ÁNGEL GIMENO JUBERO
D. PABLO LLARENA CONDE
D. EDUARDO NAVARRO BLASCO
En Barcelona a 24 de febrero del año 2010.
, el presente Rollo dimanante del Procedimiento Abreviado seguido por el Juzgado de lo Penal número 16 de los de esta ciudad de Barcelona, al nº 131/2004, por delitos de falsedad en documento oficial y estafa contra Juan Pedro, representado por Procuradoraª. Gloria Casado díez y defendido por el Letrado
D. Constantino Adell Artiga; cuyas demás circunstancias personales ya obran en autos, actuando el Ministerio Fiscal en el ejercicio de la acusación pública; estando dicho procedimiento pendiente ante esta Audiencia en virtud de recurso interpuesto por la representación del Sr. Julio contra l acusado contra la sentencia de fecha 01-07-2009, y siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. EDUARDO NAVARRO BLASCO, quien expresa el parecer de
La parte dispositiva de la Sentencia apelada, en el particular que interesa al presente recurso, es del tenor literal siguiente:
"FALLO: Que debo condenar y condeno a Juan Pedro como autor criminalmente responsable de un delito de falsedad en documento oficial en relación de concurso medial con un delito continuado de estafa ya definidos, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de prisión de 2 años e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y multa de 10 meses a razón de 6 euros diarios, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, así como al pago de las costas procesales.
Condeno a Juan Pedro a que indemnice a Caixa Catalunya en la cantidad de 400 euros con os intereses del art. 576 LEC .
Que debo condenar y condeno a Juan Pedro como autor criminalmente responsable de un delito de falsedad en documento oficial, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de prisión de 1 año y multa de 7 meses a razón de 6 euros diarios, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, así como al pago de las costas procesales.
Se decreta el comiso de la documentación falsa intervenida, a la que se dará destino legal."
Contra la anterior Sentencia se interpuso por la representación del acusado Recurso de Apelación que fue admitido a trámite, dándose de él traslado a las demás partes y siendo elevado a esta Sección de El Ministerio Fiscal ha dejado transcurrir el plazo conferido sin hacer manifestación alguna al respecto.
En la tramitación de este procedimiento se han observado las formalidades legales exigidas al efecto.
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