STSJ Asturias 780/2010, 12 de Marzo de 2010

PonenteJOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2010:979
Número de Recurso23/2010
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución780/2010
Fecha de Resolución12 de Marzo de 2010
EmisorSala de lo Social

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 00780/2010

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS

SALA DE LO SOCIAL (C/ SAN JUAN Nº 10)

N.I.G: 33044 34 4 2010 0100023, MODELO: 46050

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000023 /2010

Materia: INCAPACIDAD PERMANENTE

Recurrente/s: Demetrio

Recurrido/s: INSS, TGSS

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 4 de OVIEDO de DEMANDA 0000331 /2009

SENTENCIA Nº: 780/10

ILTMOS. SRES.

D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ

Dª MARIA VIDAU ARGÜELLES

D. JESUS MARIA MARTIN MORILLO

En OVIEDO a doce de Marzo de dos mil diez, habiendo visto el recurso de suplicación de los presentes autos de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Iltmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el

artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

ha dictado la siguiente SENTENCIA

En el RECURSO SUPLICACION 0000023/2010, formalizado por el Letrado IGNACIO PEREZ-VILLAMIL GARCIA, en nombre y representación de Demetrio, contra la sentencia de fecha once de noviembre de dos mil nueve, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL N. 4 de OVIEDO en sus autos número DEMANDA 0000331/2009, seguidos a instancia de Demetrio frente al INSS y la TGSS, partes demandadas representadas por el LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL, en reclamación de INCAPACIDAD PERMANENTE, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos del mencionado Juzgado de lo Social se dictó sentencia de fecha once de noviembre de dos mil nueve por la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados figuran los siguientes:

  1. ) El actor don Demetrio, con D.N.I. NUM000, nacido el día 15 de noviembre de 1951, figura afiliado en el Régimen General de la Seguridad Social con el nº NUM001, siendo su profesión habitual la de Oficial de 2ª, prestando servicios para la empresa INDUSTRIAS LACTEAS ASTURIANAS SA.

    La citada empresa emite certificado fechado el 25 de septiembre de 2008 en el que se certifica que el actor presta servicios bajo la modalidad de turnos de mañana, tarde y noches.

  2. ) A instancias del actor se inicio expediente administrativo de incapacidad permanente, resolviéndose finalmente por la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social con fecha 9 de diciembre de 2008, previo dictamen-propuesta del Equipo de Valoración de Incapacidades de fecha 3 de diciembre de 2008, que el solicitante no estaba afectado de incapacidad permanente alguna, por alcanzar las lesiones que padece un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral; estando disconforme con dicha resolución, formula frente a la entidad reclamación previa que le es expresamente desestimada mediante resolución de 20 de marzo de 2009.

  3. ) El actor padece: Cervicoartrosis leve, sin discoartrosis. Osteoporosis con D7, D8, D9 cuneiformes, Lumbar: no discopatias ni pinzamientos. T depresivo ansioso recurrente. DM tipo II, de 9 años, insulinodependiente. Retinopatía y neuropatía (intervenido en 2006 por glaucoma bilat.) Obesidad IV/VI.

  4. ) La base reguladora de la prestación de incapacidad permanente derivada de derivada de enfermedad común asciende a 1.794,55 euros y la fecha de efectos es de 3 de diciembre de 2008, según conformidad de las partes.

  5. ) En fecha 1 de septiembre de 2008 causó baja por decaimiento, stress, somatizaciones, siendo alta el 1 de abril de 2009 por propuesta de invalidez. El 2 de octubre de 2009 inicio nuevo p0rceso de IT por dolor e impotencia funcional.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación de la parte demandante, siendo...

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