STSJ La Rioja 119/2010, 4 de Marzo de 2010
Ponente | JESUS MIGUEL ESCANILLA PALLAS |
ECLI | ES:TSJLR:2010:157 |
Número de Recurso | 218/2009 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 119/2010 |
Fecha de Resolución | 4 de Marzo de 2010 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.LA RIOJA SALA CON/ADLOGROÑOENTENCIA: 00119/2010
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA RIOJA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Rec. nº:218/2009
Ilustrísimos señores:
Presidente:
Don José Félix Méndez Canseco
Magistrados:
Don Jesús Miguel Escanilla Pallás
Don Luis Loma Osorio Faurie
SENTENCIA Nº 119/2010
En la ciudad de Logroño a 4 de marzo de 2010
Vistos los autos correspondientes al recurso contencioso-administrativo sustanciado en esta Sala y tramitado conforme a las reglas del procedimiento ordinario, sobre OTRAS MATERIAS, a instancia del AYUNTAMIENTO DE LOGROÑO, representado por la Procuradora Doña María Teresa León Ortega y con asistencia de la Letrado Doña Mercedes López Martínez, siendo demandada la CONSEJERÍA DE TURISMO, MEDIO AMBIENTE Y POLÍTICA TERRITORIAL DEL GOBIERNO DE LA RIOJA, representada y defendida, a su vez, por el Señor Letrado de Gobierno.
Mediante escrito presentado se interpuso ante esta Sala recurso contencioso-administrativo contra la desestimación sobre solicitud del Ayuntamiento a la Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial para que permita el ejercicio de su Delegación de representación a Don Eladio .
Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda en la que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada.
Que asimismo se confirió traslado a la Administración demandada para contestación a la demanda, lo que se verificó, en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.
Continuando el recurso por sus trámites, se señaló, para votación y fallo del asunto, el día 2 de marzo de 2010, en que se reunió, al efecto, la Sala.
En la sustanciación del procedimiento se han observado las prescripciones legales.
VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Señor Don Jesús Miguel Escanilla Pallás.
Es objeto de impugnación en el presente procedimiento la resolución la resolución contra la desestimación sobre solicitud del Ayuntamiento a la Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial para que permita el ejercicio de su Delegación de representación a Don Eladio .
La parte demandante solicita que se dicte sentencia por la que declare ajustada a derecho la actuación administrativa ajustada a derecho.
Es necesario enumerar con carácter previo al análisis de los motivos de impugnación planteados por el recurrente los siguientes antecedentes para una mejor comprensión de las cuestiones debatidas:
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El Pleno del Ayuntamiento de Logroño de 29 de junio de 2007 designó como representante municipal en el Pleno de la COTUR a Don Eladio .
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El 11 de diciembre de 2007 se acordó por el Ayuntamiento de Logroño de conformidad con lo establecido en el art. 2 del D 126/2003, modificado en parte por el Decreto 111/2007 "Delegar en el Concejal de Urbanismo del Ayuntamiento de Logroño Don Eladio, todas las facultades que lleva implícita la representación que ostenta esta Alcaldía como Vocal del Pleno de la Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Rioja, según lo establecido en los Decretos 126/2003 de 19 de...
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STS, 19 de Julio de 2012
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