STSJ Castilla y León , 3 de Abril de 2001

PonenteLOPE DEL BARRIO GUTIERREZ
ECLIES:TSJCL:2001:1931
Número de Recurso507/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 3 de Abril de 2001
EmisorSala de lo Social

Rec. Núm 507/2.001 Ilmos. Sres.

D. José Méndez Holgado Presidente D. Lope del Barrio Gutiérrez D. Manuel Mª Benito López/

En Valladolid a tres de abril de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres anteriormente citados, ha dictado la siguiente:

SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm 507/2.001 interpuesto por el AYUNTAMIENTO DE GUARDO (Palencia) contra la Sentencia del Juzgado de lo Social Núm. Uno de Palencia de fecha 19 de enero de 2.001 (autos n°400/2.000), dictada en virtud de demanda promovida por Eugenio , contra mencionado recurrente sobre DESPIDO.

Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr DON Lope del Barrio Gutiérrez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 13 de diciembre de 2.000, se presentó en el Juzgado de lo Social Núm. Uno de Palencia demanda formulada por el actor, en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó sentencia estimando referida demanda.

SEGUNDO

En referida Sentencia y como Hechos Probados constan los siguientes: " Y. - El actor, D. Eugenio , mayor de edad y con DNI NUM000 ha prestado servicios laborales desde el 16-3-93 de forma ininterrumpida para el Ayuntamiento de Guardo (Palencia). 2°. - El primer contrato se fin-lió el 16-3-1993 bajo la modalidad "contrato por lanzamiento de nueva actividad celebrado al amparo del Real Decreto 2.104/84. Prestación de un nuevo servicio" (f. 34-35 de los autos). 2.1. - Del citado contrato destacan a los fines de este procedimiento las siguientes cláusulas: Primera. - El trabajador contratado prestará sus servicios como SERVICIOS VARIOS con la categoría profesional de Oficial 2° en el centro de trabajo ubicado en Guardo. Segunda. - La cuantía de la retribución, por todos los conceptos, será de SEGUN CONVENIO pesetas brutas (5) que se distribuye entre los siguientes conceptos salariales (5) SEGÚN CONVENIO. Sexta. - La duración del contrato será de (8) SEIS MESES y se extenderá desde 16-03-93 hasta (10) 15- 09- 93. CLAUSULAS ADICIONALES: El trabajador prestará sus servicios para la lectura y control de los contadores de suministro de agua domiciliaria; realizará las tareas de organización y control de los almacenes y sustituirá a los conductores, cuando sea necesario, por vacaciones, situaciones de I.L.T. y otros casos similares, juntamente con las tareas que éstos realizan. 2.2. - El contrato fue prorrogado, en su duración por 6 meses finalizando el 15- 3-1994. 2.3. - El Sr. Eugenio , a efectos de la Seguridad Social fue dado de alta el 16-3-93 y de baja el 15-3-94 figurando como causa "fin de contrato". 2.4. - En el libro matrícula del personal el actor figura al n° 214 con fecha de alta 16-3-93, categoría servicios varios fecha de baja 15-3-94 y observaciones "fin de contrato". 2.5. - En la fecha en que se firmó el citado contrato, el servicio del agua que antes era gestionado por Iberconta revertió al Ayuntamiento de Guardo (Palencia).

2.6. - Las tareas desempeñadas por el demandante eran trabajos afines al servicio de aguas: lectura y control de contadores, organización y control de almacenes y sustitución de conductos. 2.7. - El trabajador no reclamó frente a la extinción de su contrato. 3°. - El segundo contrato se firmó el 16-3-1994 bajo la modalidad "contrato de trabajo de duración determinada celebrado al amparo del Real Decreto 2104/ 84 para la realización de obra o servicio determinado". (f. 40) 3.1. - Del citado contrato destacan a los fines de este procedimiento las siguientes cláusulas: Primera. - El trabajador contratado prestará sus servicios como SERVICIOS VARIOS con la categoría profesional de Oficial 2" en el centro de trabajo ubicado en Ayuntamiento. Segunda. - La jornada de trabajo será de 38 horas semanales, prestadas de LUNES A VIERNES con los descansos que establece la Ley. Tercera. - El trabajador percibirá una retribución, por todos los conceptos de S/ CONVENIO pesetas brutas que se distribuirán en los siguientes conceptos salariales SEGÚN CONVENIO. Sexta. - La duración del contrato será de HASTA CUBRIR PLAZA y se extenderá desde 16 MARZO 1994 hasta CUBRIR PLAZA POR OPOSICION LIBRE. Sétima. - El objeto del presente contrato es ocupar plaza de plantilla de oficial 2" hasta que la misma sea cubierta eu oposición libre. 3.2. - El Sr. Eugenio , a efectos de la Seguridad Social fue dado de alta el 16-3- 94 y de baja el 31-7-94 figurando como causa "fin de contrato". 3.3. - En el libro matrícula del personal, el actor figura al n°

261 con fecha de alta 16-3-94, categoría oficial 2 servicios varios, fecha de baja 31-7-94 y observaciones "fin de contrato". 3.4. - En marzo de 1.994, se convocó por el Ayuntamiento de Guardo concurso oposición para cubrir la plaza que ocupaba el actor de "oficial 2 lectura contadores, almacén y trabajos varios", concurso al que se presentó el Sr. Eugenio y que fue resuelto a favor de D. Eduardo , con quien formalizó el Ayuntamiento contrato de trabajo indefinido el 1-8-1994. 3.5. - Las tareas desempeñadas por el demandante eran similares a las realizadas bajo la anterior contratación y tenían relación con el servicio de aguas. 3.6. - El trabajador no reclamó frente a la extinción de su contrato. 4°. - El tercer contrato se firmó el 1-8-1994 bajo la modalidad de "contrato de trabajo de duración determinada celebrado al amparo del Real Decreto 2104/84 para obra o servicio determinado" (f. 44 de los autos). 4.1. - Del citado contrato destacan a los fines de este procedimiento las siguientes cláusulas: Primera. - El trabajador contratado prestará sus servicios como OFICIAL 2º con la categoría profesional de Oficial 2º en el Centro de trabajo ubicado en Ayuntamiento. Segunda. - La jornada de trabajo será de 38 horas semanales, prestadas de LUNES a VIERNES con los descansos que establece la Ley. Tercera. - El trabajador percibirá una retribución, por todos los conceptos de S/CONVENIO pesetas brutas que se distribuirán en los siguientes conceptos salariales SEGÚN CONVENIO. Sexta. - La duración del contrato será de TRES MESES y se extenderá desde 1 AGOSTO 1994 hasta 30 octubre 1.994. Séptima. - El objeto del presente contrato es la puesta al día de todos los trabajos relacionados con el servicio de agua: contadores., recibos, etc. 4.2. - El Sr. Eugenio a efectos de la Seguridad Social fue dado de alta el 1- 8-94 y de baja el 30-10-94 figurando como causa "fin contrato". 4.3. - En el libro matrícula del personal el actor figura al n° 78 con fecha de alta 1-8-94, categoría oficial 2, fecha de baja 30-10-94 y observaciones "fin de contrato". 4.4. - Durante la vigencia de ese contrato las funciones del Sr. Eugenio consistieron en la ayuda y colaboración con D. Eduardo en tareas del servicio de aguas. 4.5. - El trabajador no reclamó frente a la extinción de su contrato. 5°. - El cuarto Contrato se firmó el 2-11-1994 bajo la modalidad de "contrato de trabajo de duración determinada celebrado al amparo del Real Decreto 2104/84 eventuales por circunstancias de la producción" (f 48). 5.1. - Del citado contrato destacan, a los fines de este procedimiento, las siguientes cláusulas: Primera. - El trabajador contratado prestará sus servicios como AUX. ADMINISTRATIVO con la categoría profesional de AUX. ADMINISTRATIVO en el Centro de trabajo ubicado en Ayuntamiento. Segunda. - La jornada de trabajo será de 38 horas semanales, prestadas de Lunes a Viernes con los descansos que establece la Ley. Tercera. - El trabajador percibirá una retribución, por todos los conceptos de S/CONVENIO pesetas brutas (5) que se distribuirán en los siguientes conceptos salariales SEGÚN CONVENIO. Sexta. - La duración del contrato será de TRES MESES y se extenderá desde 2-11-94 hasta 1-2-95. Séptima. - El objeto del presente contrato es (9) para realización tareas acumuladas en Dpto. Intervención. 5.2. - El Sr. Eugenio , a efectos de la Seguridad Social fue dado de alta el 2-11-94 y de baja el 1-2-95 figurando como causa "fin de contrato". 5.3. - En el libro matrícula del personal el actor figura al n° 101, con fecha de alta, 2-11-94 categoría auxiliar administrativo, fecha de baja 1- 2-95 y observaciones "fin de contrato". 5.4. - Las...

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