STSJ Comunidad de Madrid , 5 de Febrero de 2003

PonenteMIGUEL LOPEZ-MUÑIZ GOÑI
ECLIES:TSJM:2003:1802
Número de Recurso619/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 5 de Febrero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

RCA. 619/2001. DERECHOS FUNDAMENTALES TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA MADRID Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Novena SENTENCIA N° 112 PRESIDENTE Iltmo. Sr. D. Ramón Verón Olarte ILMOS. SRES. MAGISTRADOS Dª Angeles Huet de Sande D. Juan Miguel Massigoge Benegiu D. José Luis Quesada Varea D. Miguel López Muñiz Goñi.

En Madrid, a cinco de febrero del año dos mil tres.

Visto por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el presente recurso contencioso administrativo n° 619/2001, seguido por los trámites del proceso especial de protección jurisdiccional de los derechos fundamentales de la persona, interpuesto por el Procurador Sr. García Barrenechea, en nombre y representación de don María Dolores , don Luis Pablo y do Felix , contra la denegación de diferentes peticiones hechas por los recurrentes como miembros del Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, habiendo sido parte demandada el Ayuntamiento citado representada por el Letrado Sr. Ortega Cirugeda, y el Ministerio Fiscal en defensa de la legalidad.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso, se acordó seguir la tramitación prevenida en los artículos 114 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción.

Seguidos los trámites prevenidos en la ley, se emplazó a la demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó dentro de plazo, mediante escrito en el que se suplica se dicte sentencia declarando que el acto impugnado vulnera el artículo 23 de la Constitución Española.

SEGUNDO

Por la representación del Ayuntamiento se contestó a la demanda, lo que a su derecho convino, y solicitando la confirmación del acto impugnado.

El Ministerio Fiscal, en su informe, manifestó que debía apreciarse la estimación del recurso por haberse negado por el Ayuntamiento documentación necesaria para poder ejercer su actividad municipal.

TERCERO

Se acordó el recibimiento del presente proceso a prueba, sin que se admitiera la práctica de la propuesta por la parte actora, y en su momento se señaló para votación y fallo el día 4 de febrero de 2003, teniendo lugar así.

CUARTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. Don Miguel López Muñiz Goñi.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de Boadilla del Monte solicitó al Alcalde de dicho municipio se facilitaran los preacuerdos urbanísticos que iban a ser objeto de estudio en la Comisión Informativa de Urbanismo que iba a celebrarse el 23 de julio de 2001 para la aprobación provisional del Plan General de Ordenación Urbana del mencionado Municipio.

Entre la documentación aportada para dicha comisión no se encontraban los preacuerdos referenciados, que fueron reclamados por los Concejales recurrentes en la Sesión del Pleno del Ayuntamiento celebrada el 27 de julio, proponiendo solicitando entonces la retirada del orden del día de la aprobación provisional del PGOU por falta de documentación, solicitud que fue denegada por el Alcalde Presidente.

Los recurrentes entendieron que la omisión de estos documentos infringía el artículo 75.2 de la Ley de la...

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