STSJ Galicia , 13 de Diciembre de 2005
Ponente | LUIS FERNANDO DE CASTRO FERNANDEZ |
ECLI | ES:TSJGAL:2005:5271 |
Número de Recurso | 3106/2004 |
Procedimiento | SOCIAL |
Fecha de Resolución | 13 de Diciembre de 2005 |
Emisor | Sala de lo Social |
Recurso nº 3106/04
MFV
ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ
PRESIDENTE
ILMO. SR. D. MIGUEL A. CADENAS SOBREIRA
ILMA. SRª Dª ROSA RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
A Coruña, a trece de diciembre de dos mil cinco.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los señores
magistrados citados al margen y
EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de Suplicación nº 3106/04 interpuesto por D. Raúl contra la
sentencia del Juzgado de lo Social Núm. DOS de A CORUÑA siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ.
Que según consta en autos nº 710/03 se presentó demanda por D. Raúl en reclamación de ACCIDENTE siendo demandados INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MUTUA GALLEGA y EMPRESA AVÍCOLA PÉREZ MACIÑEIRA, S.A. en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado sentencia con fecha 19 de abril de 2004 por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.
Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes: "1.- Que
D. Raúl figura afiliado a la Seguridad Social, teniendo acreditadas cotizaciones suficientes para causar pensión y siendo su profesión habitual chófer repartidor sufrió accidente de trabajo el 16-4-02 cuando prestaba servicios para la empresa codemandada. 2.-Que la Entidad Gestora demandada inició actuaciones sobre prestación de incapacidad permanente derivada de accidente de trabajo, la cual fue estimada a propuesta del E.V.I. de fecha 29-4-03, según expediente administrativo que se reproduce en su integridad, aprobando la prestación de lesiones permanentes no invalidantes (baremo n° 71) en cuantía de 414,70. 3.-Contra la anterior decisión se interpuso reclamación administrativa previa que fue desestimada. 4.- Que en su estado clínico actual presenta: AT 16-4-02: TCE sin pérdida de conciencia. No secuela. Contusión hombro izq: síndrome de atrapamiento del manguito rotador postraumático. Descompresión subacromial artroscópica (Bursectomía radical, acromio-plastia y resección parcial de clavícula izq). Diestro, omalgia izq de predominio nocturno al dormir sobre el lado izq. ROT ext doloroso. BA activo, ABD 120° FLX 110° ROT ext limitada en torno al 50%. ROT int 20°, no atrofia muscular significativa.
Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente: "Fallo: Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por D. Raúl contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, la MUTUA GALLEGA DE ACCIDENTES DE TRABAJO y la Empresa AVÍCOLA PÉREZ MACIÑEIRA S.A., absolviendo a los codemandados de los pedimentos contenidos en la misma".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el pase de los mismos al Ponente.
ÚNICO.- 1.- Recurre el trabajador la desestimación de su demanda en reclamación de IPT o subsidiaria IPP, instando -por el cauce del art. 191.b LPL - la modificación del cuadro de dolencias declarado probado, y denunciando -vía art. 191.c LPL - la infracción por inaplicación del art. 137 LGSS.
-
- No admitimos revisar el cuadro de secuelas que afectan a la trabajadora, por entender que el informe -de Traumatólogo del CH «Juan Canalejo»- citado al...
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