STSJ Galicia 607/2009, 10 de Febrero de 2009

PonenteEMILIO FERNANDEZ DE MATA
ECLIES:TSJGAL:2009:121
Número de Recurso3907/2008
Número de Resolución607/2009
Fecha de Resolución10 de Febrero de 2009
EmisorSala de lo Social

RECURSO SUPLICACION 0003907 /2008CG

ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS D./Dña.

ROSA Mª RODRIGUEZ RODRIGUEZ

EMILIO FERNANDEZ DE MATA

PILAR YEBRA PIMENTEL VILAR

A CORUÑA, diez de febrero de dos mil nueve.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres. Magistrados citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 0003907 /2008 interpuesto por Clara contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL nº 001

de LUGO siendo Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dña. EMILIO FERNANDEZ DE MATA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Clara en reclamación de INCAPACIDAD PERMANENTE siendo demandado INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 0000156 /2008 sentencia con fecha veinticuatro de Junio de dos mil ocho por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

Dña. Clara, con D.N.I. n° NUM000, y nacida el 15 de julio de 1949, se encuentra afiliada a la Seguridad Social en el Régimen Especial Agrario como consecuencia de su profesión habitual de labradora.

SEGUNDO

Iniciada la vía administrativa, la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social, en resolución de fecha 10 de diciembre de 2007, acordó la no calificación de la actora como incapacitada permanente, por no presentar reducciones anatómicas o funcionales que disminuyan o anulen su capacidad laboral. Interpuesta reclamación previa, la misma fue desestimada en resolución de 25 de enero de 2008. TERCERO.- La base reguladora de la incapacidad permanente total es la de 559'76 euros, y la fecha de efectos el 10 de diciembre de 2007. La base reguladora de la incapacidad permanente parcial es la de 731'7 euros. CUARTO.- Dña. Clara presenta un cuadro clínico residual consistente en asma bronquial controlada. Polimialgia reumática y osteoporosis. Síndrome del túnel del carpo no intervenido. QUINTO.- Previo a este procedimiento, en marzo de 2004 se siguió, a instancias de la actora, procedimiento de incapacidad permanente ante el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, dictándose por el demandado resolución en la que acordó la no calificación de la solicitante como incapacitada permanente, por no presentar reducciones anatómicas o funcionales que disminuyan o anulen su capacidad laboral. Interpuesta por la actora demanda frente a la misma, por el Juzgado de lo Social n° 3 de Lugo se dictó sentencia desestimatoria en fecha 5 de noviembre de 2004, posteriormente confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en sentencia de 23 de septiembre de 2005 .

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que desestimando la demanda interpuesta por Dña. Clara contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, absuelvo a los demandados de las pretensiones contenidas en la misma.

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia desestima la demanda de la actora y absuelve a las entidades demandadas de los pedimentos contenidos en la misma.

Frente a dicho pronunciamiento se alza la parte actora, que recurre en suplicación, interesando que se revoque la sentencia y se dicte otra por la que se estime la demanda y se declare que la actora está afecta de una incapacidad permanente total para su profesión habitual de labradora, o subsidiariamente, de parcial, derivada de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR