STSJ Canarias , 3 de Noviembre de 2004

PonenteCESAR JOSE GARCIA OTERO
ECLIES:TSJICAN:2004:4729
Número de Recurso503/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 3 de Noviembre de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

1 Código 010.- SECCION SEGUNDA.- Ref: RCA nº 503/00.- SENTENCIA Ilmos Sres Presidente: Dña Cristina Paez Martínez Virel.- Magistrados:Don César José García Otero.- Don Nicolás Martí Sánchez.- En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria a 3 de noviembre de 2.004.- Visto, por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Las Palmas de Gran Canaria, el presente recurso nº 503/00, seguido por el procedimiento ordinario; en el que son partes: como recurrente, la Comunidad de Aguas Cueva Tejera, representada por la Procuradora Dña Emma Crespo Ferrándiz y defendida por el Letrado don Arturo Monsalve Díaz; y, como partes codemandadas: el Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria, representado por el Procurador don Alejandro Valido Farray y defendido por el Letrado don Gerardo Henríquez Pérez; y la Comunidad de Regantes del Pozo Las Toscas, representada por la Procuradora Dña Montserrat Bethencourt Martínez y defendida por Letrado; versando sobre revisión de oficio de actos nulos de pleno derecho en relación con aprovechamiento de aguas, siendo la cuantía indeterminada.- I.- A N T E C E D E N T E S .- PRIMERO.- Por don Arturo Monsalve Díaz, en nombre y representación de la Comunidad de Aguas Cueva Tejera, se presentó escrito al Consejo Insular de Aguas de Gran Canarias (registrado con fecha 16 de julio de 1.999) en el que, al amparo de lo prevenido en el art 102.1 de la LRJAP-PAC , pedía la declaración de nulidad de pleno derecho de los siguientes actos administrativos:

  1. ) Resolución de la Dirección General de Aguas de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas de 27 de julio de 1.994, por la que se aprobó la transferencia administrativa de la autorización dimanante del expediente 1.998 TP a favor de la Comunidad Pozo Las Toscas.- 2º) Resolución de la Dirección General de Aguas de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Agua de 21 de febrero de 1.995, por la que se legalizan las obras clandestinas e inscriben las aguas calificadas como privadas del aprovechamiento relativo al pozo ejecutado en el lugar conocido como "Las

Toscas", del término municipal de Valsequillo, por aplicación de la Disposición Transitoria Tercera de la Ley 12/90, de 26 de julio, de Aguas, y el Decreto 177/90 , por el que se aprueban normas de inscripción.

Expediente 1.998-T.P.- 3º) Decreto del Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria. Decreto 97-A, de 22 de octubre de 1.996 , por el que se autoriza la realización de obras en el interior del pozo.Expediente 1.998 T-P, entre ellas, la perforación de un sondeo vertical hasta alcanzar la profundidad de 192 metros.- 4º) Decretos del Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria, por los que se conceden sucesivas prórrogas para la ejecución de las obras autorizadas por el Decreto de 22 de octubre de 1.996 antes citado; Decretos de fechas 1 de julio de 1.997, 22 de enero de 1.998 y 20 de abril de 1.998 .- 5º) Todos los Decretos sucesivos que se hayan dictadocon posterioridad a los reseñados en el apdo anterior por los que se prorrogue el plazo para la ejecución de las obras autorizadas por el Decreto de 22 de octubre de 1.996 .- SEGUNDO.- Contra la desestimación presunta de dicha solicitud se interpuso recurso contencioso-administrativo por la Procuradora Dña Emma Crespo Ferrándiz en nombre y representación de la Comunidad de Aguas Cueva Tejera.- TERCERO.- En su momento, se formuló la correspondiente demanda, en la que se pedía la estimación del recurso y la declaración de nulidad de pleno derecho del acto presunto recurrido y de los actos expresos mencionados en el Antecedente Primero, así como de los sucesivos Decretos de prórroga del plazo de ejecución de las obras autorizadas, y que cesen de inmediato las obras de todo tipo y la actividad de alumbramiento de aguas que pueda haber en el Pozo Las Toscas amparada en el expediente 1.998-TP, ordenándose el precinto del mismo y el taponamiento de las obras ejecutadas con base en los Decretos cuya nulidad se postula, y que se condene a la Administración demandada a indemnizar a la actora por los daños y perjuicios causados por los actos nulos de pleno derecho, los cuales se concretarán en período de ejecución de sentencia.- CUARTO.- Las partes codemandadas se opusieron al recurso y pidieron su desestimación, tras lo cual se abrió el período probatorio a cuya finalización se acordó, para...

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