STSJ Cantabria , 1 de Junio de 2005

PonenteMARIA JESUS FERNANDEZ GARCIA
ECLIES:TSJCANT:2005:871
Número de Recurso321/2005
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 1 de Junio de 2005
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CANTABRIA SALA SOCIAL SANTANDER SENTENCIA: 00644/2005 Rec. Núm. 321/05 Sec. Sra. Colvée Benlloch.

PRESIDENTE Ilmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias MAGISTRADOS Ilma. Sra. Dª. Mercedes Sancha Saiz Ilma. Sra. Dª. Mª Jesús Fernández García EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen ha dictado la siguiente SENTENCIA En Santander, a uno de junio de dos mil cinco.

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Alexander contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Núm. Dos de Santander, ha sido Ponente la Ilma. Sra. Dª. Mª Jesús Fernández García, quién expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por la representación de D. Alexander , siendo demandados el Instituto Social de la Marina y otro sobre seguridad social, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 26 de enero de 2.005 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - El actor Alexander , nacido el 23 de octubre de 1.947 figura afiliado a la Seguridad Social con el número NUM000 y encuadrado en el Régimen General, si bien desde el 1 de octubre de 1.970 hasta el 15 de agosto de 1.976 estuvo encuadrado en el Régimen General del Mar. 2º.- Solicitó con fecha 22 de abril de 2.004 al Instituto Social de la Marina certificación sobre bonificación de edad aplicable por los trabajos realizados a efectos de futura pensión de jubilación que fue contestada mediante Informe de 4 de mayo de 2.004 con arreglo a los siguientes datos:

    Edad real 56 años y 7 meses.

    Total años de bonificación 7 años y 5 meses.

    Edad jubilación ordinaria bonificada 57 años y 7 meses.

  2. - Los períodos sobre los que se han calculado los coeficientes reductores de la edad de jubilación, eran los siguientes:

    Fechas Buque Embarcado 14/9/1970 - 26/5/1971 CIUDAD DE ALCIRA 1/6/1971 - 4/10/1971 CIUDAD DE OVIEDO 25/10/1971- 3/1/1972 CIUDAD DE ALCIRA 2/11/1972 - 24/2/1973 BANDERAS 14/6/1973 - 26/2/1975 MARTA 24/6/1975 - 15/1/1976 PILAR GUEZURAGA 23/2/1976 - 21/5/1976 PILAR GUEZURAGA 2/8/1976 - 16/8/1976 FANECA 19/8/1976 - 28/9/1976 VIRGEN DE LA PEÑA 29/9/1976 - 11/11/1976 SUANCES 5/3/1977 - 29/6/1978 FONTIBRE 21/6/1978 - 7/8/1978 FONTIBRE 8/8/1978 - 23/8/1978 SUANCES 24/8/1978 - 21/9/1978 VIRGEN DE LA PEÑA 12/12/1978- 11/5/1979 SUANCES 31/7/1981 - 1/9/1981 VIRGEN DE LA PEÑA 5/11/1982 - 20/10/1984 VIRGEN DE LA PEÑA 23/11/1984- 22/7/1985 VIRGEN DE LA PEÑA 19/8/1985 - 5/8/1986 VIRGEN DE LA PEÑA 17/9/1986 - 2/8/1988 VIRGEN DE LA PEÑA 8/1/1989 - 31/7/1989 VIRGEN DE LA PEÑA 17/9/1989 - 5/2/1990 VIRGEN DE LA PEÑA

    22/2/1990 - 2/7/1990 VIRGEN DE LA PEÑA 1/8/1990 - 26/4/2004 VIRGEN DE LA PEÑA 4º.- Posteriormente el ISM remite al actor comunicación de fecha 27 de mayo de 2.004 adjuntando un nuevo Informe de coeficiente reductor reconociendo tan solo un año y ocho meses de bonificación y señalando como edad de jubilación bonificada la de 63 años y 4 meses, teniendo en cuenta los embarques y períodos siguientes:

    14/9/1970 - 26/5/1971 CIUDAD DE ALCIRA 1/6/1971 - 4/10/1971 CIUDAD DE OVIEDO 25/10/1971- 3/1/1972 CIUDAD DE ALCIRA 2/11/1972 - 24/2/1973 BANDERAS 14/6/1973 - 26/2/1975 MARTA 24/6/1975 - 15/1/1976 PILAR GUEZURAGA 23/2/1976 - 21/5/1976 PILAR GUEZURAGA 2/8/1976 - 16/8/1976 FANECA 19/8/1976 - 28/9/1976 VIRGEN DE LA PEÑA 29/9/1976 - 11/11/1976 SUANCES 5º.- El demandante ha prestado servicios siempre para la Autoridad Portuaria de Santander con la categoría de maquinista naval jefe.

  3. - Obra en autos y se da por reproducida la Libreta de Inscripción Marítima del actor.

  4. - Se ha agotado la vía administrativa previa.

TERCERO

Que contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandante, siendo impugnado por la parte contraria, pasándose los autos al Ponente para su examen y resolución por la Sala.

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