STSJ Cataluña , 8 de Febrero de 2005

PonenteJOSE ANTONIO MORA ALARCON
ECLIES:TSJCAT:2005:1471
Número de Recurso462/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 8 de Febrero de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA Recurso nº 462/98 Partes: AMICS DE TOSSA AYUNTAMIENTO DE TOSSA DE MAR, GENERALITAT DE CATALUNYA y LA MORISCA S.A. S E N T E N C I A Nº 167 Ilmos. Sres. Magistrados:

Dña. Ana María Aparicio Mateo D. José Antonio Mora Alarcón D. Dimitry Berberoff Ayuda En la ciudad de Barcelona, a ocho de febrero de dos mil cinco.

VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN SEGUNDA), constituída para la resolución de este recurso, y actuando como Ponente el Ilmo. Sr. D. José Antonio Mora Alarcón, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº 462/98, interpuesto por la ASSOCIACIÓ

AMICS DE TOSSA, representada por el Letrado Eduard de Ribot Molinet contra el AYUNTAMIENTO DE TOSSA DE MAR, representado por el Procurador D. Carlos Testor Ibars, la GENERALITAT DE CATALUNYA representado por su Letrada y LA MORISCA S.A. representada por el Procurador D. Ángel Qemada Cuatrecasas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Procurador citado, actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra el acuerdo del Pleno del Ayntamiento de Tossa de Mar de 3 de diciembre de 1997 por el que se desestima la petición de l'Associació Amics e Tossa para que se procediera a la desclasificacion de los terrenos de la "Cala Morisma", de urbanizable a suelo no urbanizable con clave forestal.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Seguidamente, se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas, que las partes evacuaron haciendo las alegaciones que estimaron de aplicación; y, finalmente, se señaló día y hora para votación y fallo, que ha tenido lugar el día 14 de enero del año en curso.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Que el objeto del presente recurso contencioso administrativo lo constituye la impugnación del acuerdo del Pleno del Ayntamiento de Tossa de Mar de 3 de diciembre de 1997 por el que se desestima la petición de l'Associació Amics e Tossa para que se procediera a la desclasificacion de los terrenos de la "Cala Morisma", de urbanizable a suelo no urbanizable con clave forestal..

SEGUNDO

Que para resolver la cuestión planteada debemos partir de algunas premisas fácticas.

La finca denominada "La Morisma", se encuentra situada en los términos municipales de Lloret de Mar y Tossa de Mar, y venía calificada urbanísticamente como suelo urbanizable por el Plan Parcial de Cala Morisca, incluso en la revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Tossa de Mar definitivamente aprobado por la Comisión de Urbanismo de la provincia de Girona en fecha 17 de julio de 1986, y publicado en el Boletín Oficial de dicha provincia nº 115, correspondiente al día 26 de agosto de 1989.

A consecuencia de presuntos descubiertos fiscales de la Cía Mercantil "La Morisca S.A." propietaria de la citada finca, por impago de tributos municipales, se inició procedimiento de apremio, siendo así que el Ayuntamiento demandado por acuerdo de 16 de junio de 1977 se adjudicó la misma, procediendo a su inscripción en el Registro de la Propiedad de Lloret de Mar. Posteriormente, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Girona dictó sentencia con fecha 12 de diciembre de 2001 en el recurso ordinario nº 383/00 en la que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la entidad "La Morisca S.A.", declaró la nulidad del procedimiento de apremio tramitado por el Ayuntamiento de Tossa de Mar y la adjudicación al mismo de la finca "Cala Morisca", que en ejecución de dicha sentencia volvió a ser de entera propiedad de la entidad "La Morisca S.A.". Dicha sentencia fue confirmada por la de la Sección 1ªde...

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