STSJ Canarias 978/2006, 31 de Julio de 2006

PonenteHUMBERTO GUADALUPE HERNANDEZ
ECLIES:TSJICAN:2006:3481
Número de Recurso235/2006
Número de Resolución978/2006
Fecha de Resolución31 de Julio de 2006
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Lázaro contra la sentencia de fecha 29.7.2005 dictada en los autos de juicio nº 0000252/2005 en proceso sobre TUTELA DCHOS. FUND. , y entablado por

D./Dña. Lázaro , contra grupo flick canarias, Everardo , Ministerio Fiscal y Pedro Jesús .

El Ponente, el Iltmo./a Sr./a. D./Dña. Humberto Guadalupe Hernández , quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

  1. - Don Lázaro con DNI NUM000 fue contratado por Flick Canarias S.A., dedicada a la actividad de Siderometalurgia el 17.04.01, mediante contrato por tiempo indefinido, que consta en autos y se da por reproducido, para prestar servicios como auxiliar de servicios, percibiendo un salario mensual de 848,10 Euros siendo subrogado en su contrato por Flick Canarias 2, S.L. y posteriormente por Flick Interlock, S.L., todas ellas perteneciente al Grupo empresarial Flick.

  2. -El actor viene realizando las funciones que figuran en los partes obrantes en autos a los folios 210 a 214 y 248 a 256, que se dan por reproducidas; así mismo era el responsable de seguridad en carga y descarga de residuos toxicos y peligrosos. Las funciones de mantenimiento las realizaba normalmente solo, salvo cuando la actividad era fuerte y pesada, que era acompañado por D. Jesús Carlos (especialista de mantenimiento). En una ocasión le llamaron durante las vacaciones para hacer un trabajo, al encontrarse fuera de la isla el especialista de mantenimiento.

  3. - El actor tiene reconocida la condición de minusválido con un grado del 65% por Resolución de la Consejeria de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno de Canarias por Escoliosis idiopática según Dictamen Técnico Facultativo de 02.12.97.

  4. - El actor fue calificado como inválido permanente total para su profesión habitual de peón de construcción según Dictamen-Propuesta de 19.06.97, con el siguiente diagnóstico y limitaciones funcionales "Escoliosis dorsolumbar importante. Intervenido en mayo del 96. Con limitaciones organicas y funcionales a las actividades que supongan sobrecarga de la columna dorso lumbar". Consta en autos y se da por reproducido escrito ante la Dirección Provincial del INSS suscrito por el trabajador y Flick Canarias,comunicando que el actor iba a prestar servicios para ésta como auxiliar de mantenimiento, realizando las funciones siguientes: "Hacer pedidos de pequeñas piezas de taller, limpiar mangueras de máquinas de café y prensadores"

  5. - El actor ha sufrido las siguiente bajas médicas:1º el 11.06.03 con diagnóstico "dorsalgia/dolor dorsal/(l02)+ cervicalgia", 2º.- el 14.06.04 por intervención quirurgica no especificada, 3º.- El 14.09.04 sufrió un accidente laboral con diagnóstico "dolor región torácica columna vertebral, siendo dado de baja el

    15.05.04 y alta el 05.10.04, 4º.- el 06.10.2004 con diagnóstico "depresión/trastornos depresivos", continuando en IT en la actualidad. Con fecha 04.04.05 la Mutua Universal ha emitido propuesta de alta médica(consta en autos así como los analísis y test electromiográficos)

  6. - El actor ha perdido la fijación de uno de los ganchos distales fijados en la zona dorsal, que puede deberse a movimientos repetitivos no necesariamente intensos, teniendo una movilidad de columna aceptable pero limitada por la artrodesis. Así mismo presentando una reacción depresiva ansioso moderada, derivada del miedo que las funciones que realiza para la demandada perjudiquen su lesión.

  7. - El actor ha interpuesto demanda por diferencias salariales, que consta en autos y de da por reproducida.

SEGUNDO

La parte dispositiva de la Sentencia de instancia dice: Desestimando la demanda origen de las presentes...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 7 de Diciembre de 2007
    • España
    • December 7, 2007
    ...la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, sede Las Palmas, el 31 de julio de 2006, recurso 235/06, interpuesto por el citado recurrente contra la sentencia dictada el 29 de julio de 2005, por el Juzgado de lo Social núm. 5 de Las Palmas, au......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR