STSJ Cantabria 931/2007, 26 de Octubre de 2007

PonenteRUBEN LOPEZ-TAMES IGLESIAS
ECLIES:TSJCANT:2007:1704
Número de Recurso855/2007
Número de Resolución931/2007
Fecha de Resolución26 de Octubre de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En Santander, a veintiséis de Octubre de dos mil siete.

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Benedicto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Núm. Uno de Santander, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias, quién expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. Benedicto siendo demandado el Ayuntamiento de Santoña sobre Rescisión y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 28 de Junio de 2007 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - El demandante, D. Benedicto , ha venido prestando servicios profesionales para el Ayuntamientode Santoña, como personal laboral, con antigüedad desde el 7 de abril de 1992, ostentando la categoría profesional de Encargado de servicio de obras, y percibiendo un salario de 1980,31 euros brutos mensuales con prorrateo de pagas extras.

  2. - Las funciones específicas del puesto de trabajo de encargado son, conforme a la Valoración de los Puestos de Trabajo del Ayuntamiento las siguientes:

    DENOMINACIÓN: Encargado de servicio (Oficial)

    Perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala Personal de Oficios, Categoría Oficiales. Grupo D.

    Existen tres plazas de funcionarios con esta categoría.

    En función de los servicios y cometidos que cada uno tenga encomendados, las tareas específicas se adaptarán a cada puesto. Las contestaciones a las encuestas no han sido lo suficientemente explícitas, por lo que existe dificultad a la hora de describir en concreto las tareas específicas. Describiremos en consecuencia las tareas tipo, sin perjuicio de que por medio de una reunión a mantener con el Encargado General y el Sr. Aparejador se recoja una descripción minuciosa de las tareas.

    TAREAS ESPECÍFICAS.

    - Responsabilizarse de la buena marcha y mantenimiento de las instalaciones y dependencias municipales, según el servicio que cada uno tenga adscrito.

    - Colaborar en la determinación de las prioridades y planificación de las actividades de mantenimiento.

    - Distribuir el personal operario y los medios materiales.

    - Programar semanalmente los trabajos y controlar la ejecución y resultados de los mismos.

    - Resolver dudas profesionales sobre la forma de abordar ciertos trabajos, participando activamente en los mismos.

    - Actuar en calidad de Oficial en cualquier momento en el que pudiera ser preciso.

    - Responsabilizarse por al productividad del personal a su cargo.

    - otras tareas propias de su categoría.

    La retribución del puesto de trabajo incluye, como complemento específico, el de Especial dedicación, señalándose la absoluta dedicación del mismo (documento 2 de la demandante y 6 de la demandada, página 17 de la Valoración de Puestos de Trabajo).

    En el desempeño de tales funciones se reunía dos veces a la semana con el aparejador y el Concejal de obras, daba instrucciones y órdenes a los operarios y distribuía el trabajo entre los mismos. Asimismo firmaba la certificación de horas extras al menos hasta marzo de 2.003, concedía permisos y licencias al personal y efectuaba compras de materiales y suministros.

  3. - En el año 2003, tras la celebración de las Elecciones Municipales, se produjo un cambio en el equipo de gobierno del Ayuntamiento de Santoña.

  4. - En fecha 28 de septiembre de 2004 la Junta de Gobierno adoptó el siguiente acuerdo, que fue notificado al demandante el 12 de noviembre de 2004:

    2280/37.- ESCRITOS DIRIGIDOS AL ENCARGADO DE OBRAS, DON Benedicto .

    Por el Presidente se da cuenta de los siguientes escritos remitidos al Encargado de Obras, don Benedicto :

  5. )- De fecha 25 de agosto de 2004, registro de salida, 3342, en el que se le indica informe sobre la ausencia del trabajo por don Jesús .Contesta el Encargado de obras con fecha 26 de agosto registro de entrada 6098, en el sentido de que el Sr. Jesús le pidió permiso ya que su hermano estaba hospitalizado, que él se lo había concedido.

    Se le remite nuevamente escrito de fecha 30 de agosto, registro de salida 3398, indicándole lo siguiente con respecto a esta situación:

    "Recibido su escrito de fecha 26 de Agosto con registro 6098, sobre aclaración de la ausencia del trajo de don Jesús , con independencia de las acciones posteriores que se sigan, pongo en su concomiendo, para su obligado cumplimiento que:

    Las solicitudes de permisos y licencias deben realzarse conforme al modelo aprobado por el Órgano de Contratación en su Junta de Gobierno, el cual sigue vigente en tanto no se apruebe uno nuevo.

    El nuevo convenio cuando dice "Previo, aviso y posterior justificación" evidentemente se refiere a la empresa representada por sus Órganos de Gobierno. Usted no está legitimado para conceder licencias ni permisos, únicamente debe tomar conocimiento para la organización de los servicios que dependen de VD. y dar cuenta del absentismo en el trabajo para conocimiento de la empresa."

    El Presidente indica que se actuará para que se cumplan las normas que regulan las peticiones de licencias y permisos.

  6. )- Escrito de fecha 9 de septiembre de 2004, registro de salida 3461, por el que se le indica al Encargado de Obras que informe sobre el uso del almacén de obras del Polígono Industrial, donde estaba trabajando fuera de la jornada laboral don Jesús María .

    Contesta el Encargado de obras, en escrito de 9 de noviembre y registro de entrada 6343, que realizadas las oportunas averiguaciones los peones don Jesús María y Cesar , sin su permiso estuvieron utilizando dichas instalaciones para realizar un trabajo para la Cofradía de Pescadores.

    El Presidente comunica que se ha puesto en contacto con el Presidente de la Cofradía, el cual le ha informado que encargó a un empelado suyo la contratación de unos albañiles para realizar una reparación, la cual se ha pagado, desconociendo que fueran empleados municipales quienes la habían realizado.

    Comenta el Presidente, que el Ayuntamiento siempre ha prestado colaboración con otros Organismos, pero que no está dispuesto a consentir actuaciones sin conocimiento de Equipo de Gobierno.

  7. )- Escrito de fecha 14 de septiembre de 2004, registro de salida 3498, por el que se le indica al Encargado de Obras lo siguiente:

    "Que el lunes día 13 de septiembre el Aparejador le ordena la colocación de señalización luminosa en la zanja realizada en el Polígono Industrial con motivo de una avería en la red de saneamiento. Por la tarde el encargado de la depuradora le comunica que la señalización aún no está sin colocar recibiendo como contestación que Vd. No trabaja por las tardes.

    En la mañana de hoy martes este Concejal ha podido comprobar que dicha señalización está aún sin colocar.

    Por medio de la presente se le ordena la inmediata colocación de las medidas de señalización oportunas".

    El Presidente indica que el encargado de obras tiene dedicación exclusiva y responsabilidad, y no puede contestar que por las tardes no trabaja, cuando se trata de un problema que afecta a la seguridad ciudadana.

  8. )- Escrito de fecha 30 de Agosto de 2004, registro de entrada 6131, por el que el Encargado de obras contesta a escrito con registro de salida 3347, sobre aclaración de la apertura de almacén del Polígono Industrial y de la caseta de herramientas fuera de la jornada laboral y sobre la pertenencia de las llaves encontradas en la puerta. Contestando, que habiendo realizado las averiguaciones oportunas, le comunico que las llaves son propiedad de don José y dicha apertura fue realizada por un descuido del mismo.

    La Junta de Gobierno indica que ante las irregularidades que en el funcionamiento se estánproduciendo el Encargado de Obras debe hacerse responsable de sus funciones y controlar con eficacia los aspectos sobre los que se han detectado estas deficiencias. Se da por reproducido el contenido de los documentos mencionados en dicho acuerdo, y que obran en las actuaciones como documento n° 11 de la parte demandada.

  9. - El demandante contestó al acuerdo de 28 de septiembre de 2004 mediante escrito de fecha 26 de noviembre de 2004 con el siguiente contenido:

    Que ante las afirmaciones vertidas en las actas de la Junta de gobierno del día 28 de septiembre de 2004 acerca de las funciones y responsabilidades de mi puesto de trabajo, tengo el honor de comentar a Vd. lo siguiente:

    . Acerca de la ausencia de don Jesús , ya presenté el día 26 de agosto un informe escrito en el que creo que queda explicada mi actuación, que a mi modo de ver se ajusta a lo que es usual en estos casos en todos los departamentos del Ayuntamiento.

    . Acerca del informe solicitado sobre el uso del almacén de obras por peones, fuera del horario habitual, ya lo presenté el 9 de noviembre, explicando mi desconocimiento del tema y que por supuesto no di permiso para tal acción, realizándola dichos señores sin mi conocimiento ni consentimiento.

    . Acerca de la colocación de una señal de advertencia en una zanja del Polígono industrial, la valoración de mi puesto de trabajo en vigor expresa claramente que no tengo dedicación exclusiva o "incompatibilidad" y tampoco cobro ningún complemento por estar localizado 24 horas al día.

    . Acerca de la apertura de la puerta del almacén de obras y el olvido de unas llaves puestas en ella, me permito remitir a lo que señalaré a continuación.

    En resumen, estoy totalmente de acuerdo con lo expresado en su escrito, en el que la Junta de gobierno indica que el "Encargado de Obras debe hacerse responsable de sus funciones y controlar con eficacia los aspectos obre los que se han detectado estas deficiencias". Por ello recuerdo cuales son algunas de mis funciones, según la Valoración de puestos de trabajo:

    - Responsabilizarse de...

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