STSJ Asturias 1540/2006, 12 de Mayo de 2006

PonenteEDUARDO SERRANO ALONSO
ECLIES:TSJAS:2006:3204
Número de Recurso1034/2005
Número de Resolución1540/2006
Fecha de Resolución12 de Mayo de 2006
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el RECURSO SUPLICACION 0001034/2005, formalizado por el/la Sr/a. Letrado D/Dª. INDALECIO TALAVERA SALOMON, en nombre y representación de Luis , contra la sentencia de fecha uno de diciembre de dos mil cuatro, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL nº: 005 de OVIEDO en sus autos número DEMANDA 0000790/2004, seguidos a instancia de Luis frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, AUTOMOVILES LUARCA, S.A., MUTUA GALLEGA MUTUA GALLEGA DE ACCIDENTES , parte demandada representada por el/la Sr./Sra. Letrado D/Dª., en reclamación de invalidez permanente, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos el mencionado Juzgado de lo Social dictó sentencia de fecha uno de diciembre de dos mil cuatro por la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - El demandante D. Luis , nacido el 1 de junio de 1956, figura afiliado a la Seguridad Social con el nº NUM000 , dentro del Régimen General, siendo su profesión habitual la de Conductor-Perceptor, viniendo prestando servicios laborales para la empresa ALSA, la cual tiene cubierto el riego de accidente de trabajo de su plantilla con la Mutua Gallega.

  2. - El día 13 de noviembre de 2001 sufrió el actor un accidente de trabajo al abrir un portón de autocar causando baja laboral pro accidente de trabajo el 15 de noviembre de 2001 con el diagnostico de Dorso lumbalgia. Fue dado de alta por mejoría el 4 de enero de 2002 y el 9 de enero de 2002 le es extendido por el médico de Atención Primaria parte de baja por enfermedad común por dorsalgia. Dicho periodo de Incapacidad Temporal iniciado el 9 de enero de 2002 por sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias de fecha 13 de febrero de 2004 fue declarado derivado de accidente de trabajo. El actor percibió prestaciones de Incapacidad Temporal derivadas de accidente de trabajo hasta el 19 de mazo de 2003.El 8 de enero de 2003 había sido dado de alta el trabajador demandante por agotamiento del plazo de doce meses.

  3. - Seguidas actuaciones administrativas sobre invalidez permanente en virtud de solicitud del Servicio Público de Salud, las m simas fueron resueltas el 21 de marzo de 2003 por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, denegando la prestación al demandante al no serle reconocido grado alguno de Incapacidad Permanente, y acordándose la extinción por ello del derecho al subsidio que venía percibiendo, con efectos del día 19 de marzo de 2003.

  4. - El 28 de marzo de 2003 el actor inicia un proceso de Incapacidad Temporal derivado de enfermedad común con el diagnostico de dorsalgia, del cual fue dado de alta, pro agotamiento del plazo, el 29 de septiembre de 2004. Iniciadas actuaciones administrativas sobre valoración de contingencia determinante de tal proceso de Incapacidad Temporal en virtud de solicitud formulada pro el trabajador demandante en fecha 1 de abril de 2004, fue dictada resolución el 17 de septiembre de 2004 declarando el carácter común de la Incapacidad Temporal iniciada por el actor el día 28 de marzo de 2003.

  5. - Iniciadas actuaciones administrativas en materia de invalidez permanente, en virtud de solicitud formulada pro el actor el 12 de abril de 2004, las mismas fueron resueltas el 1 de julio de 2004 por la...

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