SAP Cuenca 77/2006, 31 de Octubre de 2006

PonenteERNESTO CASADO DELGADO
ECLIES:APCU:2006:376
Número de Recurso68/2006
Número de Resolución77/2006
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Cuenca, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 77/2006

En Cuenca, a treinta y uno de octubre de dos mil seis.

Vistos por el Magistrado Ilmo. Sr. D. Ernesto Casado Delgado, en grado de apelación, los autos de Juicio de Faltas nº 81/2006, procedentes del Juzgado de Instrucción nº 2 de Tarancón y su Partido, seguidos contra D. Pedro , asistido por el Letrado Sr. Illana Rodríguez ; actuando como denunciante D. Romeo , representado por el Procurador Sr. González Sánchez y asistido por el Letrado Sr. Alarcón Fernández , el MINISTERIO FISCAL, venidos a conocimiento de este Tribunal en virtud de recurso de apelación interpuesto por D. Pedro contra la sentencia dictada por el Juzgado reseñado en fecha 24 de abril de 2006.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por el Juzgado de Instrucción nº 2 de los de Tarancón y su Partido se dictó sentencia de fecha 24 de abril 2006 en la que , como hechos probados, se declara: "Que siendo aproximadamente las 9:30 horas del día 8 de enero de 2.006, D. Romeo se encontraba en el bar "El Coco" sito en la localidad de la Puebla de Almenara momento en el que D. Pedro le insultó diciéndole que "eres un chulo, chulo-putas", "yo no estoy procesado, procesado tu tío y toda tu puta familia", amenazándole a continuación con la expresión "ten cuidado que aquí hay muchos caminos y cualquier día te limpio".

El Fallo de la sentencia recurrida es del siguiente tenor literal: "QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a D. Pedro como responsable en concepto de autor de una falta de insultos y otra de amenazas tipificadas en el artículo 620.2ª del Código Penal, a la pena de 10 días de multa para cada una de ellas con una cuota diaria de 6 euros también por cada una, lo que hace un total de 120 euros que deberá abonarsede una sola vez en un plazo máximo de 10 días desde la fecha en que se efectúe el requerimiento judicial de pago. El impago de dicha multa una vez agotada la vía de apremio originara una responsabilidad penal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas que se cumplirá en régimen de localización permanente. Asimismo, se imponen al condenado las costas causadas en este procedimiento".

Segundo

Notificada la anterior resolución, por el Letrado Sr. Illana Rodríguez actuando en representación de D. Pedro se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación en el que solicitó " ... se dicte sentencia por la que , estimando el recurso , revoque la apelada declarando la nulidad del juicio oral celebrado así como de la sentencia impugnada por carecer el Juzgado de Instrucción de referencia de competencia objetiva para conocer los hechos denunciados y ordenar a dicho Juzgado remitir las actuaciones al Juzgado de Paz del municipio de Puebla de Almenara ( Cuenca ) para que conozca de los mismos de conformidad con lo establecido en el art. 14.1 de la LECr ".

Tercero

Admitido a trámite el recurso de apelación y conferido traslado a las partes, por la representación procesal de D. Romeo se interesó la confirmación de la resolución recurrida y por el representante del Ministerio Fiscal se interesó la estimación del recurso de apelación.

Cuarto

Elevadas las actuaciones a esta Audiencia Provincial, se procedió a la formación del correspondiente rollo, asignándosele el número del margen y se turnó la ponencia al Magistrado Ilmo. Sr. D. Ernesto Casado Delgado .

Quinto

Por auto de fecha 123 de julio de 2006 se acordó la admisión de la prueba documental acompañada al escrito de interposición del recurso de apelación.

Sexto

Declarado firme el auto reseñado se acordó la entrega de las actuaciones al Ponente para resolver el recurso para el día 25 de octubre de 2006 .

FUNDAMENTOS DE DERECHO

No se aceptan los que se contienen en la resolución recurrida.

Primero

Se alza el recurrente contra la sentencia de instancia alegando como único motivo la infracción de las garantías procesales y preceptos legales y...

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