STSJ Galicia 1464/2006, 27 de Septiembre de 2006

PonenteJUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ
ECLIES:TSJGAL:2006:1524
Número de Recurso7556/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución1464/2006
Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA: 01464/2006 PONENTE: D./Dª JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ

RECURSO NUMERO: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0007556 /2003

RECURRENTE: Sandra

ADMINISTRACION DEMANDADA: JURADO PROVINCIAL DE EXPROPIACION FORZOSA PONTEVEDRA

EN NOMBRE DEL REY

La Sección 003 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado

la

SENTENCIA

Ilmos./as. Sres./as. D./Dª

JOSE ANTONIO VESTEIRO PEREZ

JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ

GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO

A CORUÑA, veintisiete de Septiembre de dos mil seis. En el recurso contencioso-administrativo que, con el número 0007556 /2003, pende de resolución ante esta Sala,

interpuesto por Sandra , representado por el procurador JOSE MANUEL LADO FERNANDEZ, dirigido por el letrado JUAN ARESES TRAPOTE, contra ACUERDO DE 11-3-03 RESOLUTORIO DE JUSTIPRECIO DE FINCAS NUM000 Y NUM001 EXPROPIADAS POR SERVICIO PROVINCIAL ESTRADAS PARA VIA RAPIDA CAMBADOS-VILAGARCIA DE AROUSA, T.M. VILAGARCIA DE AROUSA. EXPTE. 229 /2002. Es parte la Administración demandada JURADO PROVINCIAL DE EXPROPIACION FORZOSA PONTEVEDRA, representada por el ABOGADO DEL ESTADO.

Es ponente el Ilmo/a. Sr/a. D/Dª JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ.ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Admitido a trámite el presente recurso contencioso-administrativo, se practicaron las diligencias oportunas y, recibido el expediente, se dió traslado del mismo a la/s parte/s recurrente/s para deducir la oportuna demanda, lo que se hizo a medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que se estimaron pertinentes, se acabó suplicando que se dictase sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución impugnada en este procedimiento.

SEGUNDO

Conferido traslado a la/s parte/s demandada/s, se solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de derecho consignados en la/s contestación/nes de la demanda.

TERCERO

Habiéndose recibido el asunto a prueba y seguido el trámite de conclusiones, se señaló para la votación y fallo del recurso el día 13 de Septiembre de 2006 , fecha en la que tuvo lugar.

CUARTO

En la sustanciación de recurso se han observado las prescripciones legales, siendo la cuantía del mismo determinada en 338.996,48 euros.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

El presente recurso contencioso-administrativo numero 7556/2003 se interpone contra la resolución del Jurado de Expropiación Forzosa de Pontevedra, de fecha 11 de marzo de 2003, recaída en expediente 229/2002 relativo a las fincas NUM000 NUM001 afectadas por la obra...

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