STSJ Cataluña 1021/2006, 10 de Noviembre de 2006
Ponente | EMILIO VICENTE BERLANGA RIBELLES |
ECLI | ES:TSJCAT:2006:11663 |
Número de Recurso | 311/2002 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 1021/2006 |
Fecha de Resolución | 10 de Noviembre de 2006 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA Nº 1021
Ilmos. Sres. Magistrados:
Don Emilio Berlanga Ribelles
Don José Antonio Mora Alarcón
Doña Mª Pilar Rovira del Canto
Doña Mª Fernanda Navarro de Zuloaga
Don Joaquín Herrero Muñoz Cobo
Don Jordi Morató Aragonés Pàmies
En la ciudad de Barcelona, a diez de noviembre de dos mil seis.
VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA (SECCIÓN SEGUNDA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso-administrativo nº 311/2002, interpuesto por Gabriela , representado por el Procurador de los Tribunales D. JAIME LLUCH ROCA y asistido por Letrado, contra MINISTERIO DE DEFENSA, representado y defendido por el ABOGADO DEL ESTADO.
Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Presidente de la Sala, DON Emilio Berlanga Ribelles, quien expresa el parecer de la SALA.
Por la representación de la parte actora, se interpuso recurso contencioso- administrativo contra la desestimación presunta del recurso presentado contra la resolución de 29 de marzo de 2001 que resuelve denegar la solicitud de reversión formulada por los herederos de Laura cobre las fincas NUM000 del tomo NUM001 y NUM002 del tomo NUM003 , ambas del Registro de la Propiedad de Sant Feliu deLlobregat y sitas en el término municipal de Viladecans.
Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despacho las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.
Se abrió a prueba el presente procedimiento mediante Auto de fecha 10 de diciembre de 2003 , verificándose la misma conforme obra en las presentes actuaciones. Se siguió el procedimiento mediante el trámite de conclusiones, que las partes evacuaron conforme a los escritos unidos a los presentes autos y, finalmente se señaló día y hora para votación y fallo que ha tenido lugar el 9 de noviembre de 2006.
En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
Somete la actora a control de legalidad en este recurso contencioso administrativo la desestimación presunta del recurso de alzada en su día interpuesto ante el titular del Ministerio de Defensa contra la resolución de fecha 29 de marzo de 2001 del Director General d Infraestructuras del mismo Ministerio, que denegó la solicitud de reversión, formulada por los herederos de Dª Laura , entre los cuales la hoy recurrente, de dos fincas, sitas en el termino municipal de Viladecans, expropiadas a dicha señora en el año 1951 por el entonces Ministerio del Aire, en concreto:
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Porción de tierra de 1 Ha., 90 áreas, 80 centiáreas, finca NUM000 , inscrita en el tomo NUM001 , libro NUM004 , folio NUM005 , inscripción NUM006 , del Registro de la Propiedad de San Feliú de Llobretat.
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Laguna de "El Remolar", finca NUM007 , inscrita en el tomo NUM003 , libro NUM008 , folio NUM009 , inscripción NUM010 , del mismo Registro.
Las referidas fincas fueron expropiadas a la Sra. Laura en el año 1951 por el Ministerio del Aire para la ejecución de...
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