STSJ Cataluña 8787/2006, 12 de Diciembre de 2006

PonenteFELIPE SOLER FERRER
ECLIES:TSJCAT:2006:10900
Número de Recurso481/2005
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución8787/2006
Fecha de Resolución12 de Diciembre de 2006
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA núm. 8787/2006

En el recurso de suplicación interpuesto por -I.N.S.S.- (Instituto Nacional de la Seguridad Social) frente a la Sentencia del Juzgado Social 12 Barcelona de fecha 4 de Noviembre de 2005 dictada en el procedimiento Demandas nº 481/2005 y siendo recurrido/a Leticia . Ha actuado como Ponente el/la Ilmo. Sr. FELIPE SOLER FERRER.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 1-7-05 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Invalidez grado, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 4-11-05 que contenía el siguiente Fallo:

"Que estimando la demanda formulada por Dña. Leticia debo declarar y declaro a la misma en situación de incapacidad permanente en grado de absoluta para todo tipo de trabajo, derivada de enfermedad común, y condeno al Instituto nacional de la Seguridad Social a estar y pasar por tal declaración y a pagarle la pensión correspondiente en cuantía del 100% de la base reguladora de 1.573,18 euros, con efectos desde el 12-4-05, más las mejoras y revalorizaciones que procedan".

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:1º) La demandante, nacida el 6-10-55, se encuentra afiliada a la Seguridad Social y en situación de alta en el Régimen General a consecuencia de trabajos prestados por cuenta ajena con la categoría profesional de fisioterapeuta, tiene cubierto el período de carencia requerido para causar derecho a la prestación que reclama y había iniciado proceso de incapacidad temporal el 9-10-03, agotando el subsidio el 8-4-05.

  1. ) Incoado el preceptivo expediente administrativo para valorar la eventual incapacidad, el ICAM emitió dictamen el 28-2-05.

  2. ) La Dirección provincial del INSS dictó resolución el 12-4-05 declarándola en situación de incapacidad permanente en grado de total, derivada de enfermedad común, con derecho a cobrar la pensión correspondiente sobre la base reguladora de 1.573,18 euros.

  3. ) Contra la anterior resolución formuló reclamación previa, que fue desestimada por nueva resolución de 30-05-05, quedando agotada la vía administrativa.

  4. ) De las cotizaciones computables acreditadas por la demandante resulta la base reguladora de la prestación que reclama de 1.573,18 euros.

  5. ) Acredita la siguiente patología: síndrome de fatiga crónica grado III/IV en tratamiento, asociado a síndrome fibromiálgico, sin mejoría clínica y con intensa sintomatología: importante afectación física y neurocognitiva, fatigabilidad física y mental a pequeños esfuerzos.

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandada, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria,...

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