SAP Barcelona, 13 de Diciembre de 2006
Ponente | ENRIQUE ROVIRA DEL CANTO |
ECLI | ES:APB:2006:11562 |
Número de Recurso | 60/2006 |
Procedimiento | PENAL |
Fecha de Resolución | 13 de Diciembre de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 7ª |
SENTENCIA Nº
En la ciudad de Barcelona, a trece de diciembre de dos mil seis.
En nombre de S.M. el Rey de España, vista en esta Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Barcelona constituida en Tribunal unipersonal por el Ilmo. Sr. Magistrado D. Enrique Rovira del Canto, y en grado de apelación el Procedimiento de Juicio Rápido de Faltas núm. 867/06, Rollo de Apelación núm. Apfra 60/06 E, sobre falta de estafa, procedente del Juzgado de Instrucción núm. 24 de Barcelona, habiendo sido partes en calidad de apelante D.ª Silvia , asistida por el Letrado D. Juan Ignacio Mañoso Mellado, y en calidad de apelado el Ministerio Fiscal.
En fecha 16 de mayo de 2006 y por el Juzgado de Instrucción núm. 24 de Barcelona se dictó sentencia en el Procedimiento de Juicio Rápido de Faltas núm. 867/06 que contiene el fallo que aquí se da por reproducido por razones de economía procesal.
Apelada que fue la sentencia por la representación letrada de la citada denunciada condenada, y tras los trámites pertinentes, se remitieron los autos a la Audiencia Provincial de Barcelona, habiéndose observado en la tramitación del recurso todas las prescripciones legales.
Se aceptan y se dan por reproducidos los Antecedentes de Hecho y los Hechos Probados de la sentencia apelada.
I. Se aceptan y dan por reproducidos los Fundamentos de Derecho de la sentencia apelada en cuanto no se opongan a los de la presente.
II. Por el Letrado asistente de la denunciada condenada referenciada, se presenta recurso de apelación en el que, como único motivo alega infracción del artículo 50 del Código Penal , sosteniendo que el importe de 6 euros de cuota diaria es excesivo y no se han tenido en cuenta las circunstancias en que se perpetró el hecho de autos ni los informes obrantes en autos, concretamente el informe de fecha 17.02.06 de la cruz Roja poniendo de manifiesto que la denunciada se encuentra en una situación económica próxima a la indigencia, que vive en una pensión con su pareja que no tiene ayuda económica, y sus dolencias físicas (hepatitis y drogoddependiente).Ciertamente para fijar el importe de la cuota diaria de la pena de multa debe atenderse a la capacidad económica del reo, deducida del conjunto de circunstancias personales y familiares que se señalan en...
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