STSJ Galicia 2376/2008, 18 de Junio de 2008

PonenteLUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO
ECLIES:TSJGAL:2008:2559
Número de Recurso5889/2005
Número de Resolución2376/2008
Fecha de Resolución18 de Junio de 2008
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 0005889 /2005 interpuesto por contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de

VIGO siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. Alberto , en reclamación de ALTA MEDICA, siendo demandado SERVICIO GALEGO DE SAUDE, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, SAMPER REFEINSA GALICIA,S.L., TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y _MUTUA DE ACCIDENTEZ MAZ. En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 0000544 /2005 sentencia con fecha veinte de Octubre de dos mil cinco por el Juzgado de referencia que estimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes: Primero.-El demandante D. Alberto , nacido el 27 de septiembre de 1.959, que figura afiliado y en alta en la Seguridad Social, Régimen General, con el número NUM000 , viene trabajando desde el 4 de agosto de

1.986 para la empresa Samper Refeinsa Galicia, S.L., haciéndolo como oficial y teniendo una base reguladora total diaria a efectos de accidentes de trabajo de 48'36 euros.- Segundo.- Con fecha 17 de septiembre de 2.004 cuando el actor se estaba duchando en la empresa al terminar su jornada laboral,resbaló y se golpeó la cadera derecha, iniciando incapacidad temporal el día 18 por probable meniscopatía interna de rodilla derecha, en cuya situación permaneció hasta que fue dado de alta el 15 de abril de 2.005 por la Mutua Maz por mejoría que le permitía realizar su trabajo, Mutua a la que se dio el oportuno parte de accidente laboral por ser la entidad con la que la empresa Samper Refeinsa Galicia, S.L. tenía cubierto el riesgo de accidentes de trabajo del actor.- Tercero.- El día 18 de abril dé 2.005 el demandante fue dado de baja por facultativo de la Seguridad Social con diagnóstico de "dolor rodilla derecha", situación de la que no consta que haya sido dado de alta. Iniciado expediente de determinación de contingencias y previos informe y dictamen del Equipo de Valoración de Incapacidades de fechas 16 de junio y 4 de agosto, la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social resolvió el día 12 de septiembre declarar el carácter profesional (accidente de trabajo) de la contingencia de la incapacidad temporal iniciada por el trabajador el día 18 de abril y declarar responsable de la misma a la Mutua Maz, Mutua que presentó reclamación previa el 30 de septiembre solicitando que se declarase el carácter común de la contingencia de la incapacidad temporal citada, reclamación que no consta que haya sido resuelta.- Cuarto.- El día 10 de mayo presentó el trabajador reclamación previa ante la Mutua impugnando el alta, reclamación que le fue desestimada mediante resolución de fecha 19 de mayo. El 10 de mayo la presentó ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social, no siéndole contestada la misma.- Quinto.- El trabajador fue intervenido quirúrgicamente de rotura del cuerno posterior del menisco externo y degeneración intrameniscal del menisco interno de la rodilla derecha sin aparentes líneas de rotura y sometido a 60 sesiones de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
6 sentencias
  • STSJ Galicia 3939/2008, 15 de Octubre de 2008
    • España
    • Tribunal Superior de Justicia de Galicia, sala social
    • October 15, 2008
    ...el comprensiblemente subjetivo de la propia parte (así, SSTSJ Galicia 14/07/08 R. 1691/06, 27/06/08 R. 2150/08, 26/06/08 R. 2560/05, 18/06/08 R. 5889/05, 04/06/08 R. 3043/05 La censura jurídica sólo puede admitirse en una de sus facetas y, a la postre, ello nos llevará a estimar en parte el......
  • STSJ Galicia 439/2009, 4 de Febrero de 2009
    • España
    • February 4, 2009
    ...discutible es el referido a la falta o no de acción. Sobre el particular no podemos olvidar (SSTSJ Galicia 02/12/08 R. 5815/05, 18/06/08 R. 2115/05, 20/05/08 R. 1689/05, 15/04/08 R. 1334/05, 07/04/08 R. 1204/05, 17/03/08 R. 1199/05, 29/01/08 R. 6056/04, etc.; todas ellas sobre veterinarios ......
  • STSJ Galicia 3726/2008, 17 de Octubre de 2008
    • España
    • October 17, 2008
    ...el comprensiblemente subjetivo de la propia parte (así, SSTSJ Galicia 14/07/08 R. 1691/06, 27/06/08 R. 2150/08, 26/06/08 R. 2560/05, 18/06/08 R. 5889/05, 04/06/08 R. 3043/05 ,...). Por lo tanto, se rechaza la supresión pretendida de los Ya en el campo jurídico, el siguiente motivo tiene que......
  • STSJ Galicia 3742/2008, 21 de Octubre de 2008
    • España
    • October 21, 2008
    ...el comprensiblemente subjetivo de la propia parte (así, SSTSJ Galicia 14/07/08 R. 1691/06, 27/06/08 R. 2150/08, 26/06/08 R. 2560/05, 18/06/08 R. 5889/05 , ...). Y está claro que haber expresado en la conciliación que el trabajador abandonó voluntariamente la empresa y que se le ofrecía volv......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR