STSJ Galicia 2301/2008, 24 de Junio de 2008

PonenteROSA MARIA RODRIGUEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJGAL:2008:2340
Número de Recurso214/2008
Número de Resolución2301/2008
Fecha de Resolución24 de Junio de 2008
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 0000214 /2008 interpuesto por INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL,

TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de OURENSE

siendo Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dña. ROSA Mª RODRIGUEZ RODRIGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Emilio en reclamación de INCAPACIDAD PERMANENTE siendo demandado INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL . En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 0000672 /2007 sentencia con fecha veinte de Noviembre de dos mil siete por el Juzgado de referencia que estimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:PRIMERO.- El actor D. Emilio nacido el 3 de setiembre de 1958, figura afiliado a la Seguridad Social, Régimen General, con el número NUM000 con la categoría profesional de Chofer-camión y una Base Reguladora de 964 ~ 70 euros mensuales. /.- SEGUNDO.- El actor fue declarado afecto a una Incapacidad Permanente Total para su profesión habitual por resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social de fecha 9 de agosto de 2002, por padecer las siguientes dolencias: "Hernia discaí-"jC5-C6 y C6-C7, El 22 de noviembre de 2001 artrodesis anterior C5-C6 (Cloward). /.-TERCERO.- El actor solicitó revislon de Invalidez el 19 de marzo de 2007, emitiéndose dictamen propuesta por el Equipo de Valoración de Incapacidades el 21 de mayo de 2007 y dictándose Resolución por el Instituto Nacional de la Seguridad Social el 27 de junio de 2007 por el que se desestima la petición del parte actor, por considerar que no existe agravación de las lesiones. /.-CUARTO.- En la actualidad el actor padece las siguientes dolencias:-Antecedentes de intervención qUlrurgica de hernia discal C5C6 en fecha 22.11.01 realizándole: Artrodesis anterior C5-C6 (cloward). -Antecedentes de intervención quirúrgica de rodilla derecha en fecha

01.09.04 realizándole: - Bursectomía rodilla derecha. TAC de columna lumbar: -Disminución del espacio intersomático L5-S1. -Prolapso discal L3-L4. - Prolapso discal L4-L5. -Prolapso discal L5-S1. Presentado fundamentalmente el L4-L5 en su zona central: -Compresión del espacio subaracnoideo anterior y de saco tecal. -Entidad que se comporta corno una hernia subligamentaria clínicamente. Todos ellos presentan: -Componentes bilaterales intraforaminales que estenosan los forárnenes. -Comprometen el trayecto anatómico de los nervios espinales. -Estenosis del canal relativa. -Afectaciones espondiloartrosicas con pinzamientos de articulaciones sinoviales interapofisarias posteriores predominio derecho existiendo: -Alguna lesión lística y/o geódica en relación quistes. -Gas intraarticular. -Irregularidad de carillas. -Esclerosis subcondrales. -Excrecencia osteofitaria posterior en zona media cuerpo L4 con crecimiento hacia el interior del canal. -Comprimiendo el espacio subaracnoideo anterior y el tecal. -Osteoartrosis de las "articvlaciones sacroiliacas tendencia a la formación de puentes interóseos. las de con del saco con RMN de columna cervical (Post-operatoria Riflorem Valdedorras, 23.11.05). Se destaca: -Hernia discal C4-C5. -De posición central. -Osteofitosis marginal posterior de predominio derecho en C5- C6. -Osteofitosis marginal posterior de predominio derecho en C6C7. -Disminución hídrica discal global. RMN de columna cervical (Hospital Comarcal de Valedoras, 17.10.07). Se destaca: -Protusiones discoosteofitarias más importantes desde el C4-C5 hasta C6-C7. -Cambios post-quirúrgicas a nivel CS-C6. -Estenosis foraminal oilateral CS-C6. Moderada. RMN de rodilla derecha (Post-operatoria Riflorem Valdedorras, 26.09.05) : -Cambios degenerativos en compartimento fémoro-patelar. -Adelgazamiento de cartílagos. -Geodas subcondrales en cara anterior de cóndilo femoral externo, región intercondilea y de forma menos llamativa en cóndilo femoral interno. -Derrame articular. Bursitis infrapatelar superficial. -Cambios degenerativos sin ruptura en asta posterior del menisco interno. RMN de rodilla derecha (Riflorem Valdedorras, 05.11.07) -Tendinitis rotuliana. -Condromalacia rotuliana con: -Marcado adelgazamiento del cartílago hialino. - Quistes óseos subcondrales. Estudio electromiográfico: -Denervación crónica en territorio radicular SI ambos lados. -Denervación crónica en territorio radicular C5 ambos lados. -Denervación crónica en territorio radicular C6 ambos lados. -Denervación crónica en territorio radicular C7 ambos lados. -Denervación crónica en territorio radicular c8 ambos lados. Más evidente en C7 y c8. Radiología simple: -Artrodesis C5-C6. -Cervicoartrosis con: -Disminución discal C4-C5. -Degeneración discal C6-C7 - Espondiloartrosis lumbar con: -Degeneración discal 15-s1. -Espondiloartrosis dorsal. -Avanzada artrosis acromio-clavicular derecha. -Coxartrosis izquierda grado I-II. -Desviación axial rotuliana bilateral que es origen de: -Síndrome de hiperpresió~ rotuliana bilateral. Además presenta: -Insuficiencia vertebro-vascular./.-QUINTO.- Interpuesta reclamación previa el 27 de julio de 2007, es desestimada por Acuerdo de fecha 5 de setiembre de 2007 y agotada la vía administrativa previa, el actor formuló demanda ante el Decanato el 15 de octubre de 2007.

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que estimando la demanda formulada por DON Emilio contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo declarar y declaro al actor incurso en una situación de Invalidez Permanente, en grado de Incapacidad Permanente Absoluta para todo tipo trabajo, con derecho a percibir una pensión vitalicia del cien por cien de su base reguladora mensual de 964,70 euros, mas los incrementos y revalorizaciones legales correspondientes, con fecha de efectos del 26 de junio de 2007, condenando a las Entidades demandadas a que abonen al actor la misma.

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandada siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia estima la demanda de revisión de la Invalidez Permanente Total para el trabajo habitual que el actor tenía reconocida desde el año 2002, por entender que se...

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