SAP Vizcaya 541/2000, 12 de Junio de 2000
Ponente | FERNANDO VALDES-SOLIS CECCHINI |
ECLI | ES:APBI:2000:2684 |
Número de Recurso | 79/1999 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 541/2000 |
Fecha de Resolución | 12 de Junio de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Vizcaya, Sección 4ª |
SENTENCIA Nº 541/00 ILMOS. SRES.
D. FERNANDO VALDES SOLIS CECCHINID. IGNACIO OLASO ASPIROZ
Dña. GEMA TOMÁS MARTÍNEZ
En BILBAO, a doce de Junio de dos mil.
Vistos en grado de apelación ante la Audiencia Provincial de Bilbao, Sección Cuarta, integrada por los Ilmos. Srs. Magistrados, los presentes autos de Juicio Verbal nº 263/97, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Baracaldo y seguidos entre partes: Como apelante Gerardo dirigido por el Letrado Sr. Gómez Ibáñez y como apelado AURORA POLAR S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS representada por el Procurador Sr. Martínez Guijarro y como recurridos no personados AEGON UNION ASEGURADORA SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS y Marcelina .
SE ACEPTAN y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho de la sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.
La Sentencia de instancia de fecha 18 de Noviembre de 1.998 es de tenor literal siguiente:
"FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por D. Gerardo contr Dª Marcelina Y CIA. AURORA POLAR debo absolver y absuelvo a dichos demandados de los pedimentos del actor a quien se imponen las costas.
Que estimando la demanda acumulada interpuesta por el Procurador Sr. Martínez Guijarro en nombre y representación de CIA. AURORA POLAR contra Gerardo y la CIA. AEGON debo condenar y condeno solidariamente a los demandados a abonar la suma de 188.066.- ptas. que devengará el interés del art. 20 de la Ley del Contrato de Seguro según redacción dada al mismo por la Ley 30/95 de 8 de Noviembre de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, respecto de la Cia. aseguradora demandada.
Se imponen las costas a los demandados en esta demanda acumulada".
Publicada y notificada dicha Resolución a las partes litigantes, por la representación del demandante se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación que, admitido por el Juzgado de Instancia y tramitado en legal forma ha dado lugar a la formación del presente rollo, al que ha correspondido el nº 79/99 de Registro y que se ha suscitado con arreglo a los trámites de los de su clase.
Hecho el oportuno señalamiento, quedaron las actuaciones sobre la Mesa del Tribunal para la deliberación y resolución.
En la tramitación del presente recurso se han observado...
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ATS, 29 de Octubre de 2013
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