STSJ Castilla y León 1299/2008, 6 de Junio de 2008
Ponente | JAVIER ORAA GONZALEZ |
ECLI | ES:TSJCL:2008:4473 |
Número de Recurso | 1665/2002 |
Número de Resolución | 1299/2008 |
Fecha de Resolución | 6 de Junio de 2008 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA: 01299/2008
Sección Segunda
C/ ANGUSTIAS S/N
Número de Identificación Único: 47186 33 3 2004 0106495
PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001665 /2002
Sobre EXPROPIACION FORZOSA
De D. Valentín
Representante: PEDRO GARCIA DIAZ
Contra JURADO PROVINCIAL DE EXPROPIACION FORZOSA DE VALLADOLID
COMUNIDAD AUTONOMA DE CASTILLA Y LEON
Representante: ABOGADO DEL ESTADO, LETRADO COMUNIDAD
SENTENCIA Nº 1299
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
Dª Ana Mª Martínez Olalla
D. Javier Oraá González
D. Ramón Sastre Legido
En Valladolid, a seis de junio de dos mil siete.
Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna:El acuerdo del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Valladolid, de 9 de abril de 2002, que desestimó el recurso de reposición formulado por D. Valentín contra el acuerdo de ese Jurado Provincial de 11 de diciembre de 2001, dictado en el expediente NUM000 , que estableció en 805.510 pesetas (4841,21 euros) el justiprecio de los bienes propiedad del mismo afectados por la expropiación realizada por la Dirección General de Carreteras e Infraestructuras de la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León con motivo de las obras del proyecto de desdoblamiento de calzada de la CL-601 de Valladolid a Madrid por Segovia, tramo acceso Laguna de Duero-FASA (cruce con VA-300), P.K. 6,000 al P.K. 13,000.
Son partes en dicho recurso:
Como recurrente: D. Valentín , representado por el Procurador Sr. Burgos Hervás y defendido por el Letrado Sr. García Díaz.
Como demandada: Administración General del Estado (Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Valladolid), representada y defendida por la Abogacía del Estado.
Como codemandada: Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León (Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León), representada y defendida por el Letrado de sus servicios jurídicos.
Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Javier Oraá González.
Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, y una vez recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, con base en los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, solicitó de este Tribunal que se dicte sentencia por la que se anule el acuerdo del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Valladolid, adoptado en sesión de fecha 11 de diciembre de 2001, que fijó en 4841,21 euros el justiprecio de la parcela NUM001 del polígono NUM002 del término municipal de Valladolid, propiedad de D. Valentín , y en su lugar se establezca como justo precio de los bienes y derechos que le fueron expropiados y a que se refiere el presente proceso el de 14.175,50 euros, con imposición de las costas procesales a la Administración demandada.
En el escrito de contestación de la Administración demandada, con base en los hechos y fundamentos de derecho en él expresados, se solicitó de este Tribunal que se dicte sentencia por la que se desestime el recurso y se impongan las costas a la parte actora.
En el escrito de contestación de la Administración codemandada, con base en los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal que se dicte sentencia por la que se desestime el recurso, por ser el acto administrativo en cuestión conforme a derecho, con la imposición de las costas a la parte recurrente.
Recibido el proceso a prueba, se desarrolló la misma con el resultado que obra en autos.
Presentado escrito de conclusiones por todas las partes, se declaró concluso el pleito y se señaló para su votación y fallo el pasado día veintisiete de mayo.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
Interpuesto por D. Valentín recurso contencioso administrativo contra el acuerdo del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Valladolid, de 9 de abril de 2002, que desestimó el recurso de reposición formulado por aquél contra el acuerdo de ese Jurado Provincial de 11 de diciembre de 2001, dictado en el expediente NUM000 , que estableció en 805.510 pesetas (4841,21 euros) el justiprecio de los bienes propiedad del mismo afectados por la expropiación realizada por la Dirección General de Carreteras e Infraestructuras de la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León con motivo de las obras del proyecto de desdoblamiento de calzada de la CL-601 de Valladolid a Madrid por Segovia, tramo acceso Laguna de Duero-FASA (cruce con VA-300), P.K. 6,000 al P.K. 13,000, pretende el recurrente que se anule el acto impugnado y que en su lugar se fije el justo precio de los bienes y derechos de que se trata (la parcela NUM001 del polígono NUM002 del término municipal de Valladolid, de la que fueron expropiados 2956 metros cuadrados) en la cantidad de 14.175,50 euros, que es el resultado de valorar el suelo a razón de 4,51 euros/m2 -el Jurado lo tasó a 250 pts/m2- y de mantener la indemnización que le fue reconocida porel sembrado de la cebada. En orden a justificar tal pretensión, alega el actor distintos preceptos de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 (LEF ) y que al establecerse en el acto recurrido el valor con el que se muestra en desacuerdo no se ha tenido en cuenta el que fue fijado por la propia Administración para la exacción de impuestos como el de Transmisiones Patrimoniales o el de Sucesiones.
Expuesta la pretensión ejercitada y antes de abordar el...
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