SAP Alicante 204/2000, 7 de Julio de 2000

PonenteJOSE TEOFILO JIMENEZ MORAGO
ECLIES:APA:2000:3431
Número de Recurso197/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución204/2000
Fecha de Resolución 7 de Julio de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 7ª

SENTENCIA NUMERO 204

Iltmos. Sres.:

Presidente : D. José de Madaria Ruvira

Magistrado: D. Vicente Magro Servet

Magistrado: D. José Teófilo Jiménez Morago

En la ciudad de Elche, a 7 de Julio de dos mil.

La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Alicante con sede en Elche, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de juicio de menor cuantía número 282/99 sobre nulidad de contrato seguidos en el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Elche, de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandada D. Oscar , habiendo intervenido en la alzada dicha parte, en su condición de recurrente, representada por la Procuradora Sra. Torres Carreño y dirigida por la Letrada Sra. Birlanga Trigueros, y como apelada el actor D. Víctor , representada por el Procurador Sr. Castaño García con la dirección del Letrado Sr. Gonzálvez Piñera.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Elche en los referidos autos, tramitados con el número 282/99, se dictó sentencia con fecha 14 de marzo de 2.000, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando la demanda interpuesta por D. Víctor , contra D. Oscar , debo declarar y declaro la nulidad del contrato de compraventa de fecha quince de julio de 1986 y de las escrituras de hipoteca constituidas sobre dichos bienes a favor del Banco Exterior de España S.A., decretando que la propiedad de los bienes objeto de dicha compraventa pertenecen en copropiedad al actor y a Dª Cristina , decretando asimismo, la cancelación en el Registro de la Propiedad de las inscripciones y demás asientos producidos por los mencionados contratos, con expresa imposición de costas a la parte demandada."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación por la parte demandada en tiempo y forma que fue admitido en ambos efectos, elevándose los autos a este Tribunal, donde quedó formado el Rollo número 197-2.000, tramitándose el recurso en forma legal. La parte apelante solicitó la revocación de la sentencia de instancia y la apelada su confirmación. Para la deliberación y votación se fijó el día 7 de julio de 2.000.

TERCERO

En la tramitación de ambas instancias, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.

VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. José Teófilo Jiménez Morago.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

No habiéndose reproducido en esta alzada las excepciones procesales aducidas en lainstancia, el recurso de apelación formulado por la parte demandada contra la sentencia de primer grado, se limita a la cuestión de fondo solicitando la revocación de aquélla por considerar que infringe por inaplicación los artículos 565 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, 11.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 1.305 y

1.306 del Código Civil.

SEGUNDO

La representación legal de D. Víctor presentó demanda en ejercicio de la acción de nulidad del contrato de compraventa de fecha 15 de julio de 1986 por simulación absoluta, la cual fue estimada íntegramente en la resolución de primera instancia por falta de causa (artículos 1.261 y 1.274 y ss del Código Civil). Sin embargo, la Sala no puede compartir los argumentos de la sentencia impugnada, desde el momento que en la misma demanda se reconoce en su hecho segundo, que la suscripción del contrato litigioso obedeció a una causa torpe o ilícita, cual fue la de sustraer de su patrimonio personal la vivienda y...

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