STSJ Galicia , 1 de Junio de 2007

PonenteBEATRIZ RAMA INSUA
ECLIES:TSJGAL:2007:703
Número de Recurso4476/2006
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 1 de Junio de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación nº 4476/06 interpuesto por D. Juan Luis contra la sentencia del Juzgado de lo

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos nº 313/06 se presentó demanda por D. Juan Luis en reclamación de INCAPACIDAD siendo demandados el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado sentencia con fecha 12 de junio de 2006 por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes: "1.- El actor D. Juan Luis , nacido el 15-9-1952, figura afiliado a la Seguridad Social con el nº NUM000 , encuadrado en el Régimen General. 2.- Iniciado expediente de invalidez el 26-1-2006, se dictó resolución por la Dirección Provincial del INSS el 7-2-2006, declarando al actor afecto de incapacidad permanente total. Interpuesta reclamación previa fue desestimada por Resolución de 29-03-06 por la cual se confirma la impugnada. 3.- El actor presenta objetivadas las siguientes lesiones:-Cardiopatía congénita con dilatación severa de cavidades derechas. -Pericarditis recidivante. -Insuficiencia cardíaca derecha por fibrilación auricular revertida en 2004. -Flutter auricular revertido mediante cardioversión 10/2005. 4.- La base reguladora mensual de la prestación de incapacidad permanente es de 1.475,29.-#".

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente: "Fallo: Que desestimando la demanda interpuesta por D. Juan Luis contra el INSTITUTO NACIONAL DE LASEGURIDAD SOCIAL y TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo declarar y declaro no haber lugar a la misma y en consecuencia absuelvo a los demandados de las pretensiones en su contra esgrimidas".

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el pase de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia desestimatoria de la demanda, que absolvió a la entidad demandada con base en que los padecimientos recogidos en el relato fáctico antes transcrito únicamente le incapacitan, en el grado de total interpone recurso la representación procesal de la parte demandante, interesando, en primer lugar, al amparo del art. 191.b) de la Ley de Procedimiento Laboral , la revisión de los hechos declarados probados, para que se modifiquen, con el fin de que se añada al hecho probado tercero el siguiente cuadro de dolencias:

SEGUNDO

El recurrente propone sustituir el hecho probado tercero de la sentencia de instancia. por cardiopatia congenita con dilatación severa de cavidades derechas. pericarditis recidivante. insuficiencia cardíaca derecha por fibrilación auricular revertida en 2004. flutter auricular revertido mediante cardioversión 10/2005. Y las limitaciones orgánicas y funcionales siguientes: limitado para ejercicios físicos de intensidad moderada y ambiente con temperaturas extremas. enfermedad de ebstein. insuficiencia tricúspide. crisis incontroladas de fibrilación auricular. pericarditis aguda idiopáticase basa en los folios 30 a 31 informe del DR. Rodolfo , folios 33,34 y 35 del Complejo Hospitalario Cristal Piñor, de Orense de 14 de julio de 1995, 2004 y 2005, y folio 32 informe del Doctor Juan Pedro

La pretensión se acepta en el sentido de consignar...

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