STSJ Comunidad Valenciana 536/2003, 9 de Mayo de 2003
Ponente | Miguel Soler Margarit |
ECLI | ES:TSJCV:2003:3822 |
Número de Recurso | 1319/1999 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 536/2003 |
Fecha de Resolución | 9 de Mayo de 2003 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Recurso n° 1319/99
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Sección Segunda
SENTENCIA N° 536/2003
Ilmos. Sres:
PRESIDENTE
-
Mariano Ferrando Marzal
MAGISTRADOS
-
Miguel Soler Margarit
Dª Amalia Basanta Rodríguez
En Valencia a nueve de mayo de dos mil tres.
VISTOS por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (Sección Segunda) los autos n° 1319/99, seguidos entre partes, de launa y como demandante, DALTAPA, SL., y don Gonzalo representada por el Procurador don Antonio García-Reyes Comino y dirigida por el Letrado don Ignacio Carrau Criado; de la otra, como Administración demandada, la Generalidad Valenciana, representada y dirigida por Letrada de su Servicio Jurídico y, como codemandada, el Ayuntamiento de Paiporta (Valencia) representada y dirigida por el Letrado don
-
Julián Palencia Domínguez, recurso interpuesto contra la Resolución del Conseller de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de trece de julio de mil novecientos noventa y nueve.
El indicado Procurador, en escrito presentado en la Secretaría de esta Sala, interpuso el recurso contra el acto administrativo ya reseñado.
Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto en la Ley Jurisdiccional, habiendo despachado las partes, en momento oportuno y por su orden, los trámites de demanda y contestación, en cuyos escritos, en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en los mismos, suplicaron, respectivamente, la anulación del acto impugnado y la desestimación del recurso, en los términos que estimaron convenientes a sus derechos.
Continuado el proceso por los trámites que aparecen en autos, se señaló para votación y fallo el día 29 de abril pasado, en que ha tenido lugar.
En la sustanciación de este pleito se han observado las prescripciones legales.
Ha sido ponente el Magistrado Don Miguel Soler Margarit.
El presente recurso se ha interpuesto por el Procurador don Antonio García-Reyes Comino, en nombre y representación de DALTAPA, SL., y de don Gonzalo , contra la Resolución del Conseller de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de trece de julio de mill novecientos noventa y nueve, desestimatoria del recurso ordinario deducido frente al Acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Valencia de cinco de noviembre de mil novecientos noventa y ocho, por la que se aprobó, definitivamente, el Plan General de Ordenación Urbana de Paiporta.
Estiman los actores que las parcelas de su propiedad, NUM000 del Polígono NUM001 , que la Plan impugnado ubica fuera del núcleo urbano, aunque lindantes con él, y clasifica como Suelo No Urbanizable de uso dotacional, en parte para dotaciones deportivas y en parte para zona verde, es contrario a derecho al infringir el art. 40.6 y concordantes de laLey, Valenciana 6/1994, Reguladora de la Actividad Urbanística (LRAU) en relación con el art. 1 de la Ley Autonómica 4/1992, del Suelo No Urbanizable, así como los arts. 8,9 y 10 de la Ley Estatal 6/98, de 13 de abril, de Régimen del Suelo y Valoraciones, procediendo, según su tesis, la clasificación como Suelo Urbano integrado en la delimitación del casco urbano de Paiporta con el mismo destino de dotacional público, citando, además, en apoyo de su pretensión la Memoria del propio Plan y el art. 6.1.1 de las Normas Urbanísticas que define el suelo no urbanizable como "aquellos terrenos que no son necesarios para el crecimiento urbano y que por su valor agrícola, por sus edificaciones rurales junto a sus entornos, y por las infraestructuras que contienen han de ser objeto de protección y/o conservación".
La cuestión litigiosa se contrae a analizar si la clasificación dada por el Plan a la...
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