DECRETO 67/1997, de 13 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Instituto del Suelo y la Vivienda de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DEPRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 67/1997, de 13 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Instituto del Suelo y la Vivienda de Aragón.

Por Decreto 14/1996, de 20 de febrero, de la Diputación General de Aragón, se aprobó la estructura orgánica del Instituto del Suelo y la Vivienda de Aragón, con carácter provisional y a reserva de la reorganización general del conjunto de la Administración de la Comunidad Autónoma.

Aprobado el Decreto 81/1996, de 30 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se reestructura la Administración Periférica de la Comunidad Autónoma, el acuerdo del Gobierno de Aragón de 10 de septiembre del presente año, estableció las normas para la reorganización de los Servicios Periféricos de los distintos Departamentos, en base a los principios de descentralización y desconcentración administrativa y contención del gasto, principios de los cuales, en su aplicación práctica, deben derivarse modificación de las estructuras de los Servicios Centrales y de los citados Servicios Periféricos de acuerdo, por otra parte, con lo previsto en la Ley 11/1996, de 30 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

A estas directrices obedece el contenido del presente Decreto.

En su virtud, a iniciativa del Consejero de Ordenación Territorial, Obras Públicas y Transportes, y a propuesta del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 13 de mayo de 1997, DISPONGO:

Artículo 1º.--Corresponde al Instituto del Suelo y la Vivienda de Aragón, en los términos establecidos por la Ley 6/1985, de 22 de noviembre, la realización de la política de Suelo y Vivienda de la Diputación General de Aragón, ejerciendo las facultades que en ella se atribuyen.

Artículo 2º.--1. En el Instituto del Suelo y la Vivienda de Aragón, se integran los siguientes Servicios: a) Secretaría General.

b) Servicio de Promoción de Suelo y Vivienda.

2. Se adscribe funcionalmente al Instituto del Suelo y la Vivienda de Aragón, el Servicio de Arquitectura y Rehabilitación.

Artículo 3º.--Secretaría General.

Corresponde a la Secretaría General la ejecución, coordinación, control y seguimiento de la actividad del Instituto en materia administrativa, jurídica y económica del Organismo Autónomo, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente.

Artículo 4º.--Servicio de Promoción de Suelo y Vivienda.

Al Servicio de Promoción de Suelo y Vivienda le...

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