STSJ Murcia 1172/2007, 22 de Octubre de 2007

PonenteJOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ
ECLIES:TSJMU:2007:2958
Número de Recurso1076/2007
Número de Resolución1172/2007
Fecha de Resolución22 de Octubre de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA: 01172/2007

ROLLO Nº: RSU 1076/2007

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MURCIA

En MURCIA, a veintidós de octubre del dos mil siete.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSE LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos. Sres. Magistrados, D. JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ y D. MANUEL RODRÍGUEZ GOMEZ, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente:

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Carlos Daniel , contra la sentencia número 196/07 del Juzgado de lo Social número Tres de Murcia, de fecha 4 de mayo del 2007, dictada en proceso número 963/06, sobre INCAPACIDAD, y entablado por D. Carlos Daniel frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figura declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- Al actor D. Carlos Daniel , nacido el 3 de mayo de 1941, le fue reconocida por Resolución de la Dirección Provincial del INSS de 5 de febrero de 2001, pensión de incapacidad permanente total para su profesión habitual de chofer, por padecer las dolencias siguientes: Subluxación de ambas rótulas; artrosis fémoro patelar grado IV; hemipatelectomía derecha; próxima colocación de prótesis mecánica en rodilla izquierda; limitación para la sobrecarga de rodillas y bipedestación prolongada. SEGUNDO.- Solicitó el 13 de febrero de 2006 a la Dirección Provincial del INSS, Revisión de su estado por agravación, y sometido a reconocimiento médico se emitió en fecha 31-3-2006 informe médico de síntesis, en el que se hacia constar que el actor padecíalas siguientes dolencias: Intervenido de cataratas ambos ojos; hipertensión arterial; hipercolesterolemia; hernia de hiato; cervicoartrosis grado II; lumboartrosis incipiente; gonartrosis izquierda grado III y derecha grado II, trastorno depresivo. TERCERO.- Por el Equipo de Valoración de Incapacidades se emitió Dictamen Propuesta en fecha 4-5-06 de existencia de Incapacidad permanente en grado de total (revisable a los 24 meses). CUARTO.- El actor padece actualmente, las mismas dolencias que se recogen en el Informe Medico de síntesis al que se ha hecho referencia en el hecho probado segundo de esta sentencia. QUINTO.- La base reguladora de la prestación a asciende a 533,45 #. SEXTO.- Ha quedado agotada la Vía previa administrativa."; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Que desestimando la demanda formulada por

D. Carlos Daniel , frente AL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, declaro no haber lugar a la misma y absolviendo a la parte demandada de dicha demanda.".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado DOÑA MARIA DOLORES LOPEZ HERNANDEZ, en representación de la parte demandante, sin impugnación de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- Recurre la parte actora al amparo de los apartados b) y c) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral , la...

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