STSJ Andalucía 1116/2007, 10 de Mayo de 2007

PonenteFRANCISCO JAVIER VELA TORRES
ECLIES:TSJAND:2007:5743
Número de Recurso473/2007
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1116/2007
Fecha de Resolución10 de Mayo de 2007
EmisorSala de lo Social

Sentencia nº : 1116/07

Presidente

Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES.

Magistrados

Ilmo. Sr. D. JOSE LUIS BARRAGAN MORALES

Ilmo. Sr. D. MANUEL MARTIN HERNANDEZ CARRILLO

En Málaga a 10 de mayo de dos mil siete.

La Sala de lo Social en Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente:

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación interpuesto por Doña Asunción contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número once de Málaga, ha sido ponente el Iltmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Doña Asunción sobre invalidez no contributiva siendo demandado la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía y la Tesorería General de la Seguridad Social habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 10 de octubre de 2006 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - La demandante Dña. Asunción , nacida el 16 de marzo de 1.970, con D.N. I. Nº NUM000 , solicitó pensión de invalidez no contributiva en fecha 13 de abril de 2.004.

  2. - En fecha 21 de diciembre de 2.004 emitió dictamen el E.V.O. estimando que la actora presenta un grado de minusvalía del 57%, correspondiente a una discapacidad global del 48%, con factores complementarios de 9 puntos.

  3. - En fecha 24 de enero de 2.005 se dictó resolución denegando la pensión solicitada por el motivode no estar afectada de un grado de minusvalía igualo superior al 65%.

  4. - Contra la anterior resolución interpuso la demandante reclamación previa administrativa en fecha 11 de noviembre de 2.005, que fue desestimada por resolución de 23 de enero de 2.006.

  5. - La demandante a la fecha del dictamen del EVO padece: venas varicosas en extremidades inferiores, trastorno del disco intervertebral, cervicoartritis con movilidad conservada, sólo algias locales, secuela de fractura de peroné con leves molestias, dolor lumbar crónico sin limitación a la movilidad salvo períodos álgidos, hepatitis crónica, asma bronquial moderada y distimia.

  6. - La familia de la demandante la componen ella misma, una persona con la que convive, la cual trabaja en el servicio de limpieza del Ayuntamiento, y dos hijos menores escolarizados y que acuden a clases con regularidad; ocupan una vivienda social cedida por el Ayuntamiento.

TERCERO

Que contra dicha sentencia anunció Recurso de Suplicación la parte actora, recurso que formalizó, siendo impugnado de contrario por el Letrado de la Junta de Andalucía. Recibidos los autos en este Tribunal se proveyó el pase de los mismos a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Que contra la sentencia...

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