SAP A Coruña 249/2009, 9 de Julio de 2009

PonenteIGNACIO ALFREDO PICATOSTE SUEIRAS
ECLIES:APC:2009:2291
Número de Recurso211/2009
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución249/2009
Fecha de Resolución 9 de Julio de 2009
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 1ª

SENTENCIA: 00249/2009

LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE LA CORUÑA/A CORUÑA

Sección 001

Rollo: 0000211 /2009

Órgano Procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 3 de LA CORUÑA/A CORUÑA

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 0000267 /2005

N U M E R O 249

LA SECCIÓN PRIMERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA constituida por los Ilustrísimos Señores D. JOSÉ MARÍA SÁNCHEZ JIMÉNEZ- PRESIDENTE, D. IGNACIO ALFREDO PICATOSTE SUEIRAS Y D. LUIS MASIDE MIRANDA-Magistrados.

EN NOMBRE DEL REY

ha pronunciado la siguiente:

SENTENCIA

En LA CORUÑA/A CORUÑA, a nueve de julio de dos mil nueve.

En el recurso de apelación penal número tres de A Coruña procedente del Juzgado de lo Penal número tres de A Coruña, sobre lesiones, entre partes de la una como apelante Felipe , y de la otra como apelado el Ministerio Fiscal y Antonia .

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. IGNACIO ALFREDO PICATOSTE SUEIRAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que por el Magistrado del Juzgado de lo Penal número tres de A Coruña, con fecha veintisiete de enero de dos mil nueve , se dictó sentencia, cuya parte dispositiva dice como sigue: "FALLO: Que debo condenar y condeno a Jacobo , como autor de una falta de lesiones, definida, concurriendoatenuante analógica de dilaciones indebidas, a la pena, de multa de dos meses, con cuota diaria de 5 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago. Indemnizará a Luciano en 276 euros por lesiones sufridas, 2.100 euros por secuelas y en 180 euros por gastos de reposición de gafas graduadas, y demás perjuicios que se acrediten.

Que debo condenar y condeno a Felipe , como autor de un delito de lesiones definido, concurriendo atenuante analógica de dilaciones indebidas, a la pena de seis meses multa, con cuota diaria de 6 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, debiendo indemnizar a Jacobo en 144 euros por lesiones sufridas, 1.200 euros por secuelas, y 234,47 euros por gasto de reposición de gafas y demás perjuicios acreditados. Por una falta de maltrato, a la pena de un mes multa, con cuota diaria de 6 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, debiendo indemnizar a Antonia en 30 euros por daño moral y 71,92 euros por reparación del teléfono móvil y demás perjuicios que resulten acreditados. Con aplicación del interés legal.

Que debo absolver y absuelvo a Antonia , con todos los pronunciamientos favorables para ello, de la falta de lesiones, que se le venía imputando.

Impongo a los dos condenados las costas del procedimiento.".

SEGUNDO

Que notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y forma, recurso de apelación por la representación del/los apelante/s, que le fue admitido en ambos efectos, y una vez efectuados los traslados procedentes, a las demás partes y evacuados los mismos, se acordó elevar las mismas a la Audiencia Provincial, para su resolución.

TERCERO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales.

hechos probados

Se acepta el relato de hechos probados de la sentencia apelada que se da por reproducido en esta resolución.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Resulta llamativa la petición de nulidad cuando el juicio se ha celebrado con escrupulosa observancia de lo previsto en el artículo 786.1º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para los juicios en ausencia (citación de los acusados y extensión de la pena pedida inferior a dos años). A ello tiene que añadirse que dicho precepto no concede a la parte un poder decisorio...

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