SAP Toledo 51/2009, 15 de Junio de 2009

PonenteURBANO SUAREZ SANCHEZ
ECLIES:APTO:2009:602
Número de Recurso43/2009
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución51/2009
Fecha de Resolución15 de Junio de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Toledo, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

TOLEDO00051/2009

Rollo Núm. ................ 43/2009.-Juzg. Instruc. Núm. 1 de Ocaña.-Juicio Oral Núm. .......... 134/08.-SENTENCIA NÚM. 51

AUDIENCIA PROVINCIAL DE TOLEDO

SECCIÓN PRIMERA

Ilmo. Sr. Presidente:

D. MANUEL GUTIÉRREZ SÁNCHEZ CARO

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. EMILIO BUCETA MILLER

D. URBANO SUÁREZ SÁNCHEZ

Dª GEMA ADORACIÓN OCARIZ AZAUSTRE

En la Ciudad de Toledo, a quince de Junio de dos mil nueve.

Esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de TOLEDO, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados que se expresan en el margen, ha pronunciado, en NOMBRE DEL REY, la siguiente,

SENTENCIA

Visto en juicio oral y público el presente recurso de apelación penal, Rollo de la Sección núm. 43 de 2009, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal Núm. Uno de Toledo, por hurto, en el Procedimiento Abreviado núm. 23/07 del Juzgado de Instrucción Núm. 1 de Ocaña, en el que han actuado, como apelante Franco , representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. Tardío Sánchez y defendido por el Letrado Sr. Sobrino Paniagua, y como apelado, el Ministerio.

Es Ponente de la causa el Ilmo. Sr. Magistrado D. URBANO SUÁREZ SÁNCHEZ, que expresa el parecer de la Sección, y son,ANTECEDENTES:

PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal Núm. Uno de Toledo de Toledo, con fecha veintiséis de Febrero de dos mil nueve, se dictó sentencia en el procedimiento de que dimana este rollo, cuya PARTE DISPOSITIVA dice: "Que debo condenar y condeno a Franco , como autor de un delito de hurto de uso, previamente definido, sin concurrencia de circunstancias de la responsabilidad penal a:

  1. - La pena de seis meses de multa, a razón de seis euros diarios, por un total de mil ochenta euros, con declaración de la responsabilidad personal subsidiaria del acusado, para caso de impago total o parcial de la pena de multa, de un día de trabajo en beneficio de la comunidad por cada dos cuotas de multa impagadas, con un máximo de tres meses.

  2. - Que indemnice a Onesimo con la cantidad de 8.600 euros, más los intereses previstos por el art. 576 LEC .

  3. - El abono de las costas del proceso.

Llévese testimonio de esta sentencia a los autos. Remítase testimonio al Juzgado de Instrucción de procedencia".-SEGUNDO: Contra la anterior resolución y por Franco , dentro del término establecido, se interpuso recurso de apelación, invocando como motivos de impugnación los que figuran en el escrito, y solicitando que se dictara nueva sentencia en el sentido de revocar la anterior, y recurso del que se dio traslado a las demás partes intervinientes, y formalizado el recurso se remitieron los autos a esta Audiencia, donde personadas las partes, se formó el oportuno rollo y nombrado Magistrado-Ponente, quedaron vistos para deliberación y resolución.-SE CONFIRMAN Y RATIFICAN los hechos probados SE REVOCAN los fundamentos de derecho y fallo de la resolución recurrida, en cuanto no se entienden ajustados a derecho, por lo que, en definitiva, son

HECHOS PROBADOS

Se declara probado que "sobre las 8,45 horas del día 4 de Marzo de 2.006 el acusado, Franco , se hallaba en el mesón "Los Arcos", ubicado en Dos Barrios junto con Luis Pedro , Belarmino y Rosana , desayunando. Dado que Rosana tenía prisa para regresar a su domicilio porque tenía que ir a trabajar, los cuatro se dirigieron hacia el vehículo, pero Luis Pedro y Belarmino regresaron al mesón para jugar en una máquina, quedándose en el vehículo el acusado y Rosana . El acusado, aprovechando que las llaves se hallaban situadas en el contacto del vehículo, sin contar con la expresa ni tácita autorización de Luis Pedro dado que el vehículo era propiedad de su padre, Onesimo , decidió llevar a Rosana a su domicilio para lo cual utilizó el referido vehículo, aunque sin ánimo de apropiación. Una vez que el acusado dejó en su domicilio a Rosana , tuvo un accidente de circulación con el vehículo.

El turismo, un Peugeot 307 SX, matrícula ....-ZZR , propiedad de Onesimo , sufrió daños por importe de 8.600 euros y su valor venal supera los 400 euros".-

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La defensa de Franco interpone recurso de apelación contra la sentencia que, en fecha trece de febrero, dictó el Juzgado de lo Penal número Uno, por la que se le condenaba como autor...

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