STSJ Murcia 761/2009, 28 de Septiembre de 2009

PonenteRUBEN ANTONIO JIMENEZ FERNANDEZ
ECLIES:TSJMU:2009:1916
Número de Recurso673/2009
Número de Resolución761/2009
Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2009
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA: 00761/2009

ROLLO Nº: RSU 0673/2009

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MURCIA

En la ciudad de Murcia, a veintiocho de Septiembre de dos mil nueve.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. RUBEN ANTONIO JIMENEZ FERNÁNDEZ, y los Iltmos. Sres. Magistrados,

D. JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ y D. MANUEL RODRIGUEZ GÓMEZ, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente:

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Abel , contra la sentencia número 16 del Juzgado de lo Social número Uno de Murcia, de fecha 15 de Enero de 2009, dictada en proceso número 229/08, sobre Accidente, y entablado por D. Abel frente a Ibermutuamur, Construcciones Agomonsa, S.L.L., Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RUBEN ANTONIO JIMENEZ FERNÁNDEZ, quien expresa el criterio de la Sala.ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "1. El actor D. Abel , nacido en Murcia el 1 de enero de 1.945, ha sido alta en Régimen de Seguridad Social General, por tareas de oficial lº albañil. 2. Al momento del accidente trabajaba para la empresa "Construcciones Agromonsa SL," quien tiene concertado el riesgo por accidente con la Mutua Ibermutuamur, el reconocimiento del EVI tuvo lugar el 22 de noviembre de 2007 y la propuesta del INSS es de fecha 26 de noviembre de 2007. 3. El INSS ha declarado la inexistencia de incapacidad permanente. 4. Deduce el interesado la demanda para que se le declare en situación de Invalidez Permanente Total para su trabajo habitual y subsidiariamente la parcial. 5. La base reguladora es 1.184,71 euros para la toral y para la parcial 1.228,33 euros mes. 6. Presenta rotura de la porción larga del bíceps braquial derecho, deformidad, limitación a la flexión y abducción del hombro en 90°, pérdida de fuerza de 5 kg, con contralateral1 lesión degenerativa del supraespinoso. 7. Se interpuso reclamación previa. 8. En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Que desestimando la demanda interpuesta por Abel contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TGSS, IBERMUTUAI'IUR, CONSTRUCCIONES AGOMONSA, S.L., debo absolver y absuelvo a éstos de aquella confirmando lo acordado en vía previa".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la letrada Dª Pilar Belmonte Albaladejo, en representación de la parte demandante, sin impugnación de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- La sentencia de fecha 15 de Enero del 2009, dictada por el Juzgado de lo Social nº1 de Murcia en los autos 229/08 , desestimó la demanda deducida por D. Abel contra el INSS, la TGSS, la Mutua Ibermutuamur y la empresa Construcciones Agromonsa SL, en reclamación de prestaciones por incapacidad permanente total o, subsidiariamente, parcial, para la profesión habitual de oficial 1ª albañil, derivada de accidente de trabajo.

Disconforme con la sentencia, el actor interpone recurso de suplicación, solicitando, tanto la revisión de los hechos declarados probados (articulo 191.b de la LPL ), como la revocación de la sentencia, para que se dicte otra estimatoria de la demanda, por la vulneración del articulo 136 y 137 de la LGSS .

La Mutua se...

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