STSJ Cataluña 4000/2009, 15 de Mayo de 2009

PonenteMARIA DEL MAR GAN BUSTO
ECLIES:TSJCAT:2009:6810
Número de Recurso8576/2008
Número de Resolución4000/2009
Fecha de Resolución15 de Mayo de 2009
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA núm. 4000/2009

En el recurso de suplicación interpuesto por INSS frente a la Sentencia del Juzgado Social 1 Tarragona de fecha 21 de octubre de 2008 dictada en el procedimiento Demandas nº 346/2008 y siendo recurridos TGSS y Ascension . Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. M. MAR GAN BUSTO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 4 de marzo de 2008 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Altas médicas, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 21 de octubre de 2008 que contenía el siguiente Fallo:

"Que ESTIMANDO la demanda interpuesta por DÑA. Ascension , con D.N.I. nº NUM000 , contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, se anula la resolución del INSS, por la que se deja sin efecto la baja médica de la actora de 28-8-2007, declarándose el derecho de la misma a percibir la prestación de I.T., a razón de una base reguladora de 33,49 euros diarios."

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:"

PRIMERO

La demandante Dña. Ascension , nacida el 10-11-1950, con núm. NUM001 de afiliación a la Seguridad Social en el Régimen General, siendo su profesión habitual la Camarera de pisos.

(hecho no controvertido)

SEGUNDO

La demandante inició situación de I.T. del 6-2-2006 al 28-4-2006, con el diagnóstico de "lumbalgia", volviendo a iniciar situación de I.T. el 2-5-2006 hasta el 2-7-2007, con la misma patología de "lumbalgia derecha", siendo dada de alta médica con propuesta de incapacidad, que le fue denegada por resolución del INSS de 21-8-2007, con la siguiente patología: "Lumbalgia per canvia degeneratius L4-L5 i L5-A1 amb artrosis interapofisaria en aquest nivel. No hernia discal. Coxartrosi Esquerra incipient. Sense impotencia funcional. Sd. ansiosa-depresiva".

(expediente administrativo, docum. nº 1 de la actora)

TERCERO

En fecha 28-8-2007, los servicios médicos públicos dieron nuevamente de baja a la actora, con el diagnóstico de "lumbago, dolor lumbar, síndrome lumbar, Lumbalgia", causando alta médica el 28-5-2008.

En la fecha de la baja médica del 28-8-2007, la actora presentaba "un cuadro de lumbalgia invalidante por discopatías degenerativas lumbares a nivel L4-L5 y L5- SS1 avanzadas, con osteocondrosis a dicho nivel además de coxartosis incipiente/moderada izquierda". Estando prevista la realización de cirugía lumbar mediante artrodesis instrumentada a partir de noviembre de 2007.

(docum. nº 62 de la actora)

CUARTO

En fecha 29-11-2007, la actora es intervenida quirúrgicamente, encontrándose en situación de I.T., habiéndosele declarado por el INSS en fecha 28-4- 2008, afecta de una Incapacidad Permanente Total de su profesión habitual de Camarera de pisos, con la siguiente patología: "Radiculopatía S1 izda., con posteriori artrodesis columna lumbar P-L L4-L5 + L5-S1 con limitación moderada de la movilidad de columna lumbar. T. Adaptativo mixto mejorado con Tto. Coxartrisis I.".

(expediente administrativo, docum. nº 3 a 6, de la actora)

QUINTO

La base reguladora de la Incapacidad Permanente se establece en 33,49 euros diarios.

SEXTO

Por resolución del INSS de 4-12-2007, resuelve que la baja de la actora de 28-8-2007, no tiene efectos económicos al tratarse de la misma o similar patología, y por tanto se le ha extinguido la situación de I.T. Contra dicha resolución se interpuso reclamación previa, que fue desestimada expresamente por resolución del INSS de 28-11-2007."

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandada, INSS, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado impugnó, Ascension , elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la sentencia de instancia en la que se estima la pretensión, se alza en suplicación la parte demandada(el INSS) articulando el recurso por la doble vía de los apartados b y c del art 191 de la Ley de Procedimiento Laboral , cuyo recurso ha sido impugnado por la parte actora.

Centrando los términos del recurso en la revocación de la sentencia de instancia, y se declare que el actor no tiene derecho a las prestaciones de incapacidad temporal.

Al amparo del art 191 b) de la LPL, solicita la revisión del hecho probado tercero de conformidad con los dtos 83 a 91, proponiendo la siguiente redacción:

Se propone la modificación de algún punto del hecho probado tercero, concretamente se postula por una parte la supresión de la palabra "invalidante" no calificativo de la lumbalgia, por otra, la sustitución de la frase "Estando prevista la realización de cirugía lumbar mediante artrodesis instrumentada a partir de noviembre de 2007", por la siguiente: "El doctor que en mayo indicaba que se iniciaban infiltraciones lumbares a la actora y desaconsejaba ,esfuerzo físico intenso y la deambulación y bipedestación prolongada en el trabajo, el 30 de agosto, tras la denegación de la incapacidad por parte del INSS, indicaque estaba prevista cirugía lumbar seguramente a partir de noviembre y que la paciente, en su opinión, no estaba en condiciones de realizar su trabajo habitual. ".

Se desestima la revisión del hecho probado tercero en los términos expuestos, al no existir error en la valoración de la prueba por parte del Magistrado de instancia.

En aplicación de la constante y reiterada jurisprudencia que ya ha sido recogida en la Sentencia Tribunal Superior de Justicia núm. 6719/2005 Cataluña (Sala de lo Social, Sección 1ª),de 5 septiembre......que con carácter general debe...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 16 de Marzo de 2010
    • España
    • 16 Marzo 2010
    ...por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de fecha 15 de mayo de 2009, en el recurso de suplicación número 8576/2008, interpuesto por INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 1 de los de Tarragona de......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR