STSJ Extremadura 1019/2008, 26 de Noviembre de 2008

PonenteDANIEL RUIZ BALLESTEROS
ECLIES:TSJEXT:2008:2392
Número de Recurso970/2007
Número de Resolución1019/2008
Fecha de Resolución26 de Noviembre de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº 1019

PRESIDENTE : DON WENCESLAO OLEA GODOY.

MAGISTRADOS

DOÑA ELENA MÉNDEZ CANSECO

DON MERCENARIO VILLALBA LAVA

DON RAIMUNDO PRADO BERNABEU

DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS/

En Cáceres a veintiseis de Noviembre de dos mil ocho.-Visto el recurso contencioso administrativo nº 970 de 2007, promovido por el/la Procurador/a D/Dª CARLOS ALEJO LEAL LOPEZ en nombre y representación del recurrente Eugenio siendo demandada LA ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO , representada y defendida por el ABOGADO DEL ESTADO; recurso que versa sobre: Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Extremadura, de fecha 28 de Junio de 2007, dictada en las reclamaciones económico-administrativas números NUM000 y NUM001

Cuantía 1.200,99 €.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.-SEGUNDO.- Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a larepresentación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.-TERCERO.- No habiendo sido solicitado el recibimiento a prueba del recuso, ni estimarlo necesario la Sala, se pasó al periodo de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.-CUARTO.- En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.-Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado D. DANIEL RUIZ BALLESTEROS .-

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El demandante Don Eugenio interpone recurso contencioso-administrativo contra la Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Extremadura, de fecha 28 de Junio de 2007, dictada en las reclamaciones económico-administrativas números NUM000 y NUM001 , que confirmó la Liquidación Provisional practicada por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en relación a la no exención de las cantidades percibidas por indemnización por residencia eventual al haber sido desplazado por un plazo superior a nueve meses, y anuló la sanción que había impuesto la Dependencia de Gestión Tributaria, Delegación de Badajoz, Agencia Estatal de Administración Tributaria. La parte actora solicita la declaración de nulidad de la Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Extremadura. La Administración General del Estado se opone a las pretensiones de la parte actora con base a las consideraciones que obran en su escrito de contestación.

SEGUNDO

El artículo 16,1 del Real Decreto Legislativo 3/2004, de 5 de Marzo , por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, dispone que "Se considerarán rendimientos íntegros del trabajo todas las contraprestaciones o utilidades, cualquiera que sea su denominación o naturaleza, dinerarias o en especie, que deriven, directa o indirectamente, del trabajo personal o de la relación laboral o estatutaria y no tengan el carácter de rendimientos de actividades económicas. Se incluirán, en particular: a) Los sueldos y salarios. b) Las prestaciones por desempleo. c) Las remuneraciones en concepto de gastos de representación. d) Las...

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