STSJ Canarias 23/2009, 29 de Enero de 2009

PonenteANTONIO DORESTE ARMAS
ECLIES:TSJICAN:2009:193
Número de Recurso747/2008
Número de Resolución23/2009
Fecha de Resolución29 de Enero de 2009
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 0000747/2008 , interpuesto por U.G.T. AENA (AEROPUERTO TENERIFE SUR) , frente a la Sentencia del JDO. DE LO SOCIAL N. 5 de SANTA CRUZ DE TENERIFE en los Autos 0000467/2008 en reclamación de CONFLICTOS COLECTIVOS , ha sido Ponente el ILTMO./A. SR./A. D./DÑA. Antonio Doreste Armas .

ANTECEDENTES DE HECHOS

PRIMERO

Que según consta en Autos, se presentó demanda por U.G.T. AENA (AEROPUERTO TENERIFE SUR) , en reclamación de CONFLICTOS COLECTIVOS siendo demandado AEROPUERTOS ESPAÑOLES Y NAVEGACIÓN AÉREA A.E.N.A. y celebrado juicio y dictada Sentencia, el día 7 de julio de 2008 , por el Juzgado de referencia, con carácter desestimatorio .

SEGUNDO

Que en la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

El 4 de marzo de 2004 se pactó entre la representación de "Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea" y el comité de la huelga convocada para los días 5, 7, 9 y 12 de marzo y 2, 7 y 11 de abril de 2004 un acuerdo de desconvocatoria de huelga.

En dicho acuerdo se recogía, bajo el epígrafe "Garantía del empleo en Aena" no siguiente:"La representación de Aena reitera su compromiso inequívoco de garantizar el empleo de todos y cada uno de los trabajadores de su actual plantilla laboral en Aena, así como el mantenimiento y desarrollo de todas las ocupaciones recogidas en el III Convenio Colectivo.

Aena acuerda con el Comité de Huelga la anulación inmediata y definitiva del documento "modelo de explotación de actividades en Aena" de enero de 2004 y deja expresa constancia de que no existe ningún proyecto de externalización de las ocupaciones recogidas en el correspondiente catálogo aprobado en el III Convenio Colectivo.

Ambas partes acuerdan garantizar el contenido y validez de todas y cada una de las ocupaciones del III Convenio Colectivo de manera que, en lo sucesivo, las funciones y tareas que hayan de realizarse y figuren en las fichas de ocupación presentes en el III Convenio Colectivo se mantengan y desarrollen con personal propio, no pudiendo ser externalizadas en esos casos.

Si por motivos organizativos, productivos y económicos se estimara algún tipo de posible modificación en la realización de tareas en propio de Aena, se iniciarán procedimientos de consulta con la CSE y negociación recogidos en el III CC y en el ET.

Aena incluirá en los Pliegos de de Prescripciones Técnicas de los expedientes de contratación las exigencias de cumplimiento de la normativa laboral, de los convenios colectivos de aplicación, y de los niveles de calidad y seguridad exigidos.

De igual modo, Aena acuerda con el Comité de Huelga la adopción de un periodo transitorio para estudiar las asistencias técnicas actualmente contratadas y determinar y evaluar las posibilidades de realización con personal de su plantilla de las actividades desempeñadas por aquellas asistencias técnicas.

Aena y la Coordinadora Sindical Estatal procederán en el plazo de 30 días al estudio de los contratos de trabajo de carácter temporal actualmente vigentes en Aena con el objeto de llevar a cabo actuaciones en materia de consolidación de empleo y promover la asunción de funciones hoy externalizadas mediante personal propio.

Tramitar, si así se considera, mediante acuerdo entre las partes, la petición de la necesaria oferta de empleo público para su recuperación.

Con objeto de proceder a lo acordado, en el plazo de 30 días, Aena hará entrega a la Coordinadora Sindical Estatal de los datos relativos a las asistencias técnicas que pudieran estar afectadas por este acuerdo.

Estas medidas recogen el mutuo acuerdo de la eficaz gestión de los recursos humanos, en beneficio de ambas partes, aprovechando al máximo el potencial propio de la empresa, para lo cual ambas partes se comprometen a agilizar la cobertura de las plazas autorizadas en oEP.

A consecuencia con lo acordado, Aena retirará aquellos concursos para externalizar actividades que en estos momentos pudieran ser realizadas con personal propio con capacidad y garantías suficientes, suspendiendo el expediente DRH 1166/03 "Servicio para la realización de tareas especializadas en el proceso de administración de recursos humanos", y adoptando el compromiso de estudiar prioritariamente los expedientes de la Central Eléctrica del Aeropuerto de Logroño, apoyo administrativo de diversas áreas de Aena y expedición y cobro de tasas a compañías".

SEGUNDO

En julio de 2006 la Dirección del Aeropuerto de Tenerife Sur aprobó el pliego de prescripciones técnicas para la contratación del servicio "asistencia técnica de coordinación de actividades de los aeropuertos del grupo Canarias", correspondientes al expediente de contratación 1441/06.

En septiembre de 2007 la citada dirección aprobó el pliego de prescripciones técnicas para la contratación del servicio "asistencia técnica de coordinación de actividades de los aeropuertos del grupo Canarias", correspondientes al expediente de contratación 1953/07.

Ambos pliegos recogían como causa justificativa de las contratas "la diversidad y complejidad del Plan de Inversiones que a corto y medio plazo está previsto para los aeropuertos canarios, su cuantía económica y su incidencia sobre la operatividad de las obras a realizar", y definían como trabajos propios de dicho servicio:Realización de proyectos de obras y pliegos de suministros, servicios y asistencias técnicas dentro de la jurisdicción de los aeropuertos canarios.

Realización de estudios y análisis de actividades y/o procesos dentro de la jurisdicción de los aeropuertos canarios.

Control y seguimiento de trabajos realizados por las diferentes empresas contratadas por los aeropuertos canarios.

Control de la programación y control de inversiones y gastos. Control presupuestario y de gestión de planificación y programación.

Colaboración en el control de documentación y organización de la Dirección de aeropuertos canarios.

Desarrollo y mantenimiento del Sistema General de Coordinación entre aeropuertos canarios, sistema basado en la realización de las siguientes tareas:

- Establecimiento de un sistema de control de proyectos.

- Establecimiento de un sistema de control de la programación de proyectos y de los presupuestos de los proyectos.

- Mantenimiento de la estructura de actividades de control.

- Actualización de la programación y de los presupuestos.

- Actualización de los plazos de los proyectos.

- Realización de informes sobre el avance del programa y desviaciones de la programación.

Presupuestos, elaboración de informes de seguimiento presupuestario y análisis de desviaciones. Participación en la elaboración de los Programas de actuaciones plurianuales y presupuestos operativos anuales. Actualización y control de información contable y subida de datos presupuestarios a base de datos de seguimientos presupuestarios.

Realización de informes de seguimientos de evolución de mercados, ejecución presupuestaria, actualización de bases de datos, etc.

Tales actividades de coordinación sólo afectaban al Aeropuerto de Tenerife Sur.

TERCERO

Los empleados de la ocupación IB01 - Técnico de Ingeniería de Infraestructuras y Mantenimiento Aeroportuario (especializado), tienen, según las fichas de ocupación del IV Convenio Colectivo de "Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea", como funciones principales las siguientes:

Comunes:

Colabora en la instrucción práctica tanto de los reciclajes como de las nuevas incorporaciones.

Controla las asistencias técnicas subcontratadas, asegurando el cumplimiento de la normativa de seguridad y de prevención de riesgos en su área de actividad.

Se mantiene actualizado en los procedimientos y normativa que afectan a su trabajo. Participará en la elaboración de propuestas de actualización o mejora de procedimientos y normativa mencionados, ajustándose a las directrices correspondientes.

E.1. - Especializado en ingeniería y mantenimiento aeroportuario.

Realiza las funciones previas a la redacción de un proyecto de ingeniería y mantenimiento (evalúa las necesidades en aeropuerto, da soluciones técnicas a las necesidades detectadas, redacta los pliegos de prescripciones técnicas de las asistencias técnicas de redacción de proyecto, etc.)

Redacta los proyectos de ingeniería y mantenimiento internos (colaborando en la elaboración de sunormativa técnica) y colabora en los externos. A su vez lleva a cabo el control y seguimiento de las obras derivadas de dichos proyectos.

Es responsable de la actualización de los planos de las instalaciones aeroportuarias.

Realiza el seguimiento de las inversiones a realizar en ingeniería y mantenimiento en el aeropuerto.

Participa en la redacción e implantación del plan de mantenimiento particular del aeropuerto, ajustándose a las directrices correspondientes.

E.2. - Especializado en normalización y certificación.

Actualiza los procedimientos de normalización y certificación internos, identificando las necesidades de actualización de los pliegos de prescripciones técnicas que permitan adecuar las compras, homologaciones y certificaciones de los materiales a la normativa internacional.

Participa en los grupos técnicos de normalización, encargados de elaborar las normas sobre cualquier aspecto técnico de Aena y en grupos y foros de normalización y certificación a nivel nacional e internacional, informándose de novedades y participando en la elaboración de esta normativa para que se reconozcan las peculiaridades de Aena.

E.3. - Especializado en programación y control de infraestructuras.

Realiza la tramitación, el seguimiento y control de los expedientes de inversión y gasto.

Aporta los datos de su área de actividad que sean necesarios para la elaboración de la Memoria Anual y del PAP.

Asiste al Comité de Programación de Inversiones y realiza la tramitación de las nuevas inversiones...

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