STSJ Andalucía 1403/2008, 7 de Mayo de 2008

PonenteANTONIO ANGULO MARTIN
ECLIES:TSJAND:2008:5388
Número de Recurso3425/2007/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1403/2008
Fecha de Resolución 7 de Mayo de 2008
EmisorSala de lo Social

1403/2008

J.G.

Sent. núm. 1.403/2.008

Iltmo. Sr. D. Antonio Angulo Martín

Presidente

Iltmo. Sr. D. Juan Carlos Terrón Montero

Iltmo. Sr. D. Fernando Oliet Palá

Magistrados

En la Ciudad de Granada, a siete de Mayo de dos mil ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de Suplicación núm. 3.425/2007, interpuesto por el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Cinco de los de Granada en fecha 29 de Octubre de 2.007 en Autos núm. 195/2007, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Antonio Angulo Martín.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Dª. Carmen sobre Prestaciones contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó Sentencia el 29 de Octubre de 2.007, por la que estimando la demanda interpuesta por la actora, declaraba que la misma se encuentra afecta de una situación de Gran Invalidez con derecho a una pensión vitalicia mensual del 150% de su base reguladora de prestaciones y con derecho a las mejoras y revalorizaciones que correspondan desde la fecha que se fije reglamentariamente, condenando a la entidad gestora demandada al abono puntual de la misma.

Segundo

En la Sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - La actora Doña Carmen con D.N.I. nº NUM000 nacida el día 27 de Febrero de 1964 esta afiliada al Régimen General de la Seguridad Social con el nº NUM001 Su profesión habitual es la de administrativa.

  2. - Iniciado expediente ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social a fin de ser valorar la capacidad laboral de la actora y en su caso, ser declarada beneficiaria de una prestación contributiva de incapacidad permanente en cualquiera de sus grados, recayendo resolución administrativa el día 7 de Diciembre de 2006 en la que se le reconoce afecta de una incapacidad permanente absoluta para toda profesión con derecho a una pensión equivalente al 100% de su base reguladora de prestaciones fijada en 1.369,68 euros mensuales, y ello sobre la base del dictamen del Equipo de Valoración de Incapacidades de fecha 14 de Noviembre de 2006, visto el informe médico de síntesis del expediente del trabajador de fecha 8 de Noviembre de 2006.

  3. - No conforme con dicha calificación y consiguiente resolución, la actora formula en fecha de 29 de Enero de 2007, reclamación administrativa previa, con el objeto de ser declarado en situación de Gran Invalidez, con los consiguientes efectos, agotando la...

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