SAP A Coruña 227/2009, 11 de Mayo de 2009
Ponente | ANTONIO MIGUEL FERNANDEZ-MONTELLS FERNANDEZ |
ECLI | ES:APC:2009:943 |
Número de Recurso | 193/2009 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 227/2009 |
Fecha de Resolución | 11 de Mayo de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - A Coruña, Sección 4ª |
SENTENCIA: 00227/2009
CORUÑA 7
Rollo: RECURSO DE APELACION 0000193 /2009
FECHA REPARTO: 27.3.09
SENTENCIA
Nº 227/09
AUDIENCIA PROVINCIAL
Sección Cuarta
Ilmos. Sres. Magistrados:
JOSÉ LUIS SEOANE SPIEGELBERG
CARLOS FUENTES CANDELAS
ANTONIO MIGUEL FERNÁNDEZ MONTELLS Y FERNÁNDEZ
En LA CORUÑA/A CORUÑA, a once de Mayo de dos mil nueve.
Vistos por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial, integrada por los señores que al margen se relacionan los presentes autos de juicio ORDINARIO Nº 435/08-UY, sustanciado en el JUZGADO 1ª INSTANCIA Nº 7 A CORUÑA, que ante la Audiencia Provincial pendían en grado de apelación, seguidos entre partes de una como DEMANDANTE-RECONVENIDA-APELANTE DOÑA Tamara , representada en ambas instancias por el/la Procurador/a SR./A. IGLESIAS FERREIRO y defendida por el Letrado SR. LAGE FERRÓN, y de otra como DEMANDADA-RECONVINIENTE-APELADA DOÑA Ana María , representada en ambas instancias por el/la Procurador/a SR./A. VÁZQUEZ COUCEIRO y defendida por el Letrado SR. RODRÍGUEZ NÚÑÉZ; versando los autos sobre RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.
Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada, dictada por el JUZGADO 1ª INSTANCIA Nº 7 A CORUÑA, con fecha 5.12.08 . Su partedispositiva literalmente dice: FALLO: Que debo desestimar y desestimo la demanda presentada por el Procurador Sr. Iglesias Ferreiro en nombre y representación de Dª Tamara contra Dª Ana María representada por la Procuradora Sra. Vázquez Cruceiro. Debo absolver y absuelvo a la demandada de los pedimentos de la demanda. Sin imposición de costas. Que debo estimar y estimo la demanda reconvencional interpuesta por la Procuradora Sra. Vázquez Cruceiro en nombre y representación de Dª Ana María contra Dª Tamara representada por el Procurador Sr. Iglesias Ferreiro. Debo declarar y declaro que el contrato de arrendamiento que sobre la vivienda sita en la calle DIRECCION000 número NUM000 NUM001 - NUM002 de esta ciudad, ha quedado extinguido por fallecimiento del inquilino. Debo condenar y condeno a la demandada-reconvenida a hacer entrega de la vivienda en el plazo legal establecido, sino lo hiciere se procederá a su lanzamiento. Sin imposición de costas".
Contra la referida resolución por DOÑA Tamara , se interpuso recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial que le fue admitido, elevándose los autos a este Tribunal, pasando los autos a ponencia para resolución.
Ha sido ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON ANTONIO MIGUEL FERNÁNDEZ MONTELLS Y FERNÁNDEZ.
Se intepone recurso de apelación por la representación de la parte actora contra la sentencia de instancia, que desestima su demanda en solicitud de declaración de subrogación, como viuda del arrendatario de la vivienda litigiosa, y estima la reconvención declarando la extinción del contrato de arrendamiento de la vivienda por fallecimiento del inquilino, todo ello al amparo de lo dispuesto en el artículo 16 de la L.A.U. de 1994 en relación con su Disposición Transitoria Segunda apartado b), ante la falta de notificación en tiempo y forma del derecho de subrogación en el plazo de tres meses e incumplimiento de los restantes requisitos del precepto tras el fallecimiento del inquilino D. Maximo acaecido el 22 de marzo de 2007, suplicando la recurrente con revocación de la sentencia apelada, la estimación de la demanda y desestimación de la reconvención.
La norma del art. 16 constituye una excepción a la regla general de la extinción del arrendamiento por muerte del arrendatario....
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